El Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid ha publicado este lunes, 17 de marzo, la aprobación de las bases específicas que regirán las bases específicas que regirán la convocatoria para la provisión de 39 plazas de auxiliar administrativo, clasificadas en el Grupo C, Subgrupo C2 de la titulación.
Todo dentro de lo establecido en el artículo 76 en relación con la disposición transitoria tercera del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre.
Se convoca, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, correspondientes a los ejercicios 2022, 2023 y 2024, pruebas selectivas con el fin de dotar al Consistorio de un total de 39 plazas de auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Valladolid.
De las plazas convocadas se van a reservar cuatro de ellas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado reconocido igual o superior al 33%, en los términos que establece el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Tasas
El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según lo previsto en la base séptima de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario de carreras y personal laboral fijo, aprobadas por el Decreto del concejal del Área de Planificación y Recursos de 15 de julio de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 3 de agosto de 2020.
El pago de la tasa se va a realizar a través del sistema de autoliquidación. Para ello, los interesados deberán cumplir el formulario establecido al efecto, que se halla disponible en la web del Ayuntamiento.
Quedan exentos de pagar las tasas las víctimas de terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, por naturaleza o adopción, también los que tengan la condición de miembros de familias numerosas conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas y demás normativas concordantes.
También los que tengan la condición de personas discapacitadas, considerándose como tales quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33%. Y los que tengan la condición de desempleadas inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo con una antigüedad mínima de seis meses.
Para las mujeres víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta exención, el sujeto pasivo deberá aportar el certificado del documentado acreditativo expedido por el órgano competente.
Quienes se hallen en alguna de las situaciones anteriores, no estarán obligados a presentar autoliquidación ante la oficina liquidadora. A los efectos de justificar su exención de la obligación de pago de la tasa deberán aportar junto a su solicitud la documentación acreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada.
Una vez satisfecho el importe de los derechos del examen, el documento original acreditativo del pago se adjuntará a la solicitud en el proceso selectivo.
Presentación de solicitudes
El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquella cuyo primer apellido comience con la letra V.
En el caso de que no exista aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden se actuación comenzará por la letra W y así sucesivamente según la Resolución del 25 de julio de 2024 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 31 de 7 de 2024).
El plazo de presentación de solicitudes de las personas interesadas en tomar parte de las pruebas selectivas será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.