El Juzgado de lo Social número 1 de León ha dictado una sentencia en la que considera procedente el despido de un trabajador con posterioridad a que la empresa se acogiera a un ERTE como consecuencia del COVID-19.
El juez entiende que la mercantil, que atravesaba serios problemas financieros con anterioridad a la pandemia, ha justificado que las causas en que se funda el despido son estructurales y, por tanto, distintas a aquellas en las que se sustentó el ERTE, que eran coyunturales.
En este sentido, señala que "la situación de la empresa resultaba mucho más negativa a la fecha de despido del actor (octubre de 2021) que a la fecha de inicio del ERTE vigente en la empresa (marzo de 2020), concurriendo un cambio relevante y sustancial de sus circunstancias económicas y financieras que no guardan relación directa con la crisis económica derivada del COVID-19 y sí con la delicada situación estructural de la empresa.
Conclusión a la que conduce el análisis de las causas del despido objetivo alegadas por la empresa, reafirmando que "no puede exigirse a una empresa que sufra esas dificultades que siga manteniendo íntegra toda su plantilla mediante ERTE durante un prolongado lapso temporal, lo que podría afectar al mantenimiento definitivo del empleo.