Castilla y León

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Opinión

8 de marzo: Día Internacional de la Mujer

6 marzo, 2019 18:30

-A nivel internacional

El 28 de febrero de 1909 fue cuando se celebró por primera vez en Nueva York el día internacional de la mujer mediante una manifestación de más de 15.000 mujeres trabajadoras, en honor a la huelga que las trabajadoras del sector textil habían hecho durante varios meses anteriores en 1908, en la que protestaron por las penosas condiciones de trabajo en las fabricas de Chicago y Nueva York y reivindicaron más salario, más seguridad, la disminución de la jornada laboral, la disminución de la explotación laboral y la exigencia de poder tener el derecho de voto. En noviembre de 2009 se produjo otra importante manifestación en la que participaron más de 20.000 mujeres del sector textil, otra vez en Nueva York, reclamando de nuevo mejores condiciones laborales y el derecho de voto para la mujer.

Pero no fue hasta 1910 cuando en Copenhague (Dinamarca), durante la celebración de la segunda conferencia internacional de mujeres socialistas y a propuesta de Clara ZetKin, se decidió por unanimidad, fijar el 8 de marzo y no el 28 de febrero, como el “día internacional de la mujer” con la intención de que en ese día, año tras año, se exigiera la igualdad real de derechos entre hombres y mujeres así como el derecho de sufragio para la mujer.

La primera celebración oficial del día internacional de la mujer fue el 19 de marzo de 1911 en los países de Alemania, Suiza y Austria. De 1911 a 1994 prácticamente todos los países del mundo han reconocido el 8 de marzo como el día internacional de la mujer, así Dinamarca en 1915,Rusia en 1917, China en 1922, Uruguay 1924, Cuba 1931, España y Chile en 1936, Italia 1972,Francia 1982, Argentina en 1984 y Estados Unidos en 1994.

En 1975 la ONU celebró por primera vez el año internacional de la mujer y en 1977 su Asamblea General mediante resolución invitó a todos los Estados miembros que proclamasen en sus legislaciones internas el día 8 de marzo como día internacional de la mujer. En el año 2010 se creó la Entidad de la ONU para la igualdad de género y el Empoderamiento de la Mujer conocida como “ONU Mujeres” que entró en funcionamiento en 2011 con ocasión de la celebración del centenario de la proclamación del 8 de marzo como día internacional de la mujer.

La igualdad de género en el ámbito internacional tuvo su mayor avance en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Pekín (Beijing) en 1995, donde se renovó con fuerza el compromiso de la comunidad internacional para lograr la igualdad de sexos y se invitó a todos los representantes de los gobiernos de los distintos países, que asistieron a la misma, a que antes de adoptar una acción o un programa político se analizara su impacto desde la perspectiva de género. Se oficializó así pues, la transversalidad o perspectiva de género (conocida en el mundo anglosajón como Mainstreaming) en la actividad política.

La igualdad de género es además uno de los principios fundamentales de la Unión Europea que en el artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, establece:”La igualdad entre hombres y mujeres deberá garantizarse en todos los ámbitos, inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El principio de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas que supongan ventajas concretas a favor del sexo menos representado”.

El 8 de marzo de 2017 se llevó a cabo coincidiendo con el día internacional de la mujer se llevó a cabo el primer paro de mujeres en más de 50 países, entre ellos España, auspiciado por organizaciones de diversa índole, para visibilizar y dar a conocer el rechazo de las mujeres a la violencia machista en todas sus formas y expresiones. El 8 de marzo de 2018 se celebro el mismo paro del año anterior y también en España y esta vez auspiciado por más de 70 países. El próximo 8 de marzo de 2019 se celebrará el tercer paro en más de cien países con el lema”Pensemos en igualdad, construyamos con inteligencia e innovemos para el cambio”.

-El derecho de voto de la mujer en el ámbito internacional y en España

El primer país del mundo que autorizó el voto a las mujeres en igualdad de derechos que los hombres, fue Nueva Zelanda en 1893. Le siguió Australia en 1902 y Finlandia en 1906 que fue el país europeo pionero. En Iberoamérica el primer país fue Uruguay que lo aprobó en su constitución de 1918. En España en 1924 bajo el mandato de Primo de Rivera se autorizó a las mujeres mayores de 23 años emancipadas, que no estuvieran casadas, a votar solamente en las elecciones municipales. Pero no fue hasta el 1 de octubre de 1931 cuando las Cortes españolas aprobaron el sufragio femenino en igualdad de condiciones que los hombres y las mujeres mayores de 23 años, votaron por primera vez en España, en las elecciones generales del 19 de octubre de 1933.

El último país del mundo del que se tiene constancia, en aprobar el derecho al voto femenino, es Kuwait en el año 2005. No obstante aún quedan bastantes países en los que no se permite el voto a las mujeres (incluso algunos que ni a los hombres) estos países se encuentran mayoritariamente en los continentes de África y Asia.

-A nivel español hasta la Constitución de 1978

En España desde 1888 las mujeres pudieron acceder a la enseñanza pero con autorización previa, parental o marital y permiso de lo que hoy sería un equivalente al ministerio de educación. Sin embargo curiosamente el 8 de marzo de 1910 una real orden autoriza a las mujeres a matricularse en todos los niveles y grados del sistema educativo español en igualdad de condiciones a los hombres.

En 1931 las mujeres mayores de 23 años, como ya dije antes, accedieron al derecho de voto y desde esa fecha hasta la aprobación de la constitución se siguieron produciendo avances hacia la igualdad si bien de forma paulatina, así en 1975 se derogó por ley la necesidad de licencia parental o marital para que las mujeres pudieran ejercer el comercio, es decir, desarrollar una actividad mercantil con ánimo de lucro. Entre tanto, y dentro del aparato educativo formal, la enseñanza primaria se caracterizaba por la publicación, en 1945, de la Ley de Enseñanza Primaria que permanecerá en vigor hasta 1970 y en lo referente a la educación de las mujeres establecía, los principios de separación de sexos y feminización de la enseñanza. Se dividía la educación infantil en dos etapas diferenciadas, de 6 a 10 años, la general sin coste, y de 10 a 12 años, la especial con coste, ello hizo que las niñas de familias menos adineradas, quedasen aún más discriminadas y que realmente a los 10 años muchas abandonasen la escuela y los estudios, porque por causas económicas no podían continuar y por razones de edad no podían tampoco integrarse en el mundo laboral. Fue una educación a las niñas, con un fuerte contenido religioso y hogareño, como se encarga de recordar la Junta Provincial de 1ª Enseñanza de Valencia a las Juntas Municipales de Educación primaria.

A principios de los años 70 del siglo pasado el modelo anterior, debido a la bonanza económica (España era uno de los doce países más industrializado del mundo) evolucionó hacia el de un mujer a la que el régimen consentía una especial formación integral como persona, reconociendo el derecho de las mujeres solteras a realizar trabajos remunerados, valorando el especial trabajo de las casadas y consintiendo desde el punto de vista normativo, una mayor participación de la mujer en la vida política, social y sindical. Así mismo se propicio el acceso masivo de la mujer a los estudios universitarios.

-A nivel español desde la Constitución hasta hoy en día, principios de marzo de 2019

La igualdad por razón de sexo, o igualdad de género, encuentra su base y fundamento jurídico en el artículo 14 de la Constitución Española de 1978 que establece” Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de sexo”

Esta genérica prohibición de desigualdad injustificada, viene a completarse por el artículo 32,1 de la Constitución que refiriéndose a la institución del matrimonio dice: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica” y por el artículo 35 de la Constitución que establece:”Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”.

Además establece la constitución el derecho de voto para todos los españoles mayores de edad. En España la mayoría de edad se adquiere el día en que se cumplen 18 años de edad.

En España el principio de igualdad de género tuvo su máxima expresión con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. La mayor novedad de la ley radicaba en la prevención de conductas discriminatorias y en la apreciación de la necesidad de que los gobiernos deberían articular políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad eliminando cualquier tipo de discriminación.

Desde el año 2007 hasta la actualidad se han desarrollado en España, entre otras, las siguientes políticas para conseguir la igualdad de sexos:

-La integración del principio de igualdad de género en todas las políticas que desarrollan las administraciones públicas.

-La representación equilibrada entre mujeres y hombres, en las listas electorales a todo tipo de elecciones locales, autonómicas y generales. Esto implicó la reforma de la Ley orgánica de régimen electoral de 1985.

-La obligación de realizar un informe de impacto de género, en todos los proyectos de normas reglamentarias, que tuviesen que ser aprobadas por Real Decreto del Consejo de Ministros.

-La incorporación al sistema educativo de la formación en materia de igualdad y contra la violencia de género..

-La obligación de todos los medios de comunicación de titularidad pública de velar por transmitir una imagen de la mujer igualitaria plural y no estereotipada. Así como de utilizar un lenguaje no sexista.

-La promoción en los medios de comunicación de titularidad privada de códigos éticos de autorregulación de tal forma que se cumpla con el principio de igualdad en todas sus actividades incluidas la publicidad y la venta.

-Medidas de acceso a la vivienda en condiciones cuasi gratuitas a las mujeres en riesgo de exclusión social, víctimas de violencia de género o familias monoparentales.

-El establecimiento en los contratos del sector público de medidas que promuevan la igualdad laboral entre hombres y mujeres.

-La adopción de medidas para la conciliación de la vida personal y la laboral de las mujeres como: El derecho de la mujer a acumular el permiso de lactancia en jornadas completas, el derecho a reducir la jornada laboral entre un octavo y un cincuenta por ciento para cuidado de hijos menores de 8 años (12 años para las mujeres funcionarias), la posibilidad de disfrute fraccionado del periodo de excedencia de dos años para el cuidado de familiares que no puedan valerse por sí mismos.

-Se ha introducido el deber de negociar planes de igualdad en los convenios de ámbito empresarial para empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, que se encuadran dentro del contexto de la responsabilidad social corporativa.

Pero a pesar de todas estas medidas que desde 2007 se han llevado a cabo y han contribuido a avanzar en la igualdad real entre mujeres y hombres, lo cierto en mi humilde opinión, que queda aún un largo camino por recorrer y muchas más políticas activas que implementar para eliminar las desigualdades que aún se dan en España y por mencionar algunas destaco como principales:

.Desempleo. El desempleo femenino afecta en España al 16 % de las mujeres en edad de trabajar y al 13% de los hombres.

.Diferencia salarial. La brecha salarial aparece en todas las variables salariales observadas: edad, educación, antigüedad, ocupación, tipo contrato y jornada, actividad y tamaño de empresa. Una mujer a finales de 2018 ganaba un 13% que un hombre en un puesto de trabajo de características similares.

.El acoso laboral. El acoso laboral afecta tanto a hombres como a mujeres, aunque no de la misma manera. Normalmente, las mujeres son quienes sufren en mayor medida esta mala práctica que se extiende a todos los sectores de actividad. Destacando en el sector sanitario (En el que cerca de un 40% de las mujeres trabajadoras admite sufrir algún tipo de acoso).

.Conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Normalmente en España la mujer trabajadora afronta una doble jornada ya que a la jornada laboral se suma otra jornada de responsabilidades en el hogar que realizan mayoritariamente las mujeres. Las mujeres dedican casi el doble de tiempo que los hombres al trabajo doméstico y al cuidado de familiares enfermos o dependientes. Por tanto se les debería dar algún tipo de compensación como reducciones de jornada laboral remuneradas, más permisos por asuntos propios, Una mayor flexibilidad horaria.

.El empleo doméstico. Casi el 80% de los empleos del sector domésticos están desempeñados por mujeres, quizás por el rol tradicional de género que durante tantos años ha situado a la mujer en el entorno del hogar.

En conclusión:

Las mujeres representan la mitad de la población mundial y algo más de la mitad en España. Y por tanto desde mi ideología y la de mi partido político “Contigo somos democracia”, un partido de Centro defensor de la unidad de España y de la solidaridad entre todos los españoles y pueblos de España, por el que me presento como candidato a la alcaldía de Salamanca, en una lista en la que integraré a 15 mujeres y a 15 hombres (27 titulares y 3 suplentes) de todas las edades y niveles educativos, con la que aspiro a ganar. He de subrayar que desde mi responsabilidad promoveré la total igualdad de oportunidades de las mujeres en relación a los hombres, en el acceso a la salud, la educación, el emprendimiento, la situación y promoción laboral, en el acceso y promoción dentro de la función pública y en general en todas las áreas y aspectos de la vida.