La Ley decenviral (también conocida como Ley de las XII Tablas) fueron un conjunto de leyes inscritas en 12 tablillas de bronce creadas en la antigua Roma en los años 451 y 450 a.C. Novedad jurídica del Derecho romano, leyes puestas por escrito por orden del Senado para evitar el abuso de los Pretores. Un primer paso que permitiría proteger los derechos de todos los ciudadanos y reparar los agravios a través de leyes precisas y conocidas por todos.
A mi entender y - porque se exponían en un lugar visible del foro romano para su conocimiento y entendimiento por todos- salvo posición en contra- encuentro que es la primera vez en la que la publicidad de la norma se hace más o menos necesaria para definitivamente ser obligatoria y sea esta, la publicidad, un elemento imprescindible en la legitimidad de la Ley y un pilar fundamental de cualquier democracia y el Estado de Derecho.
Acciones y derechos que ya no nacen del fas arcaico, de lo dictaminado por los Dioses por las divinidades; un contexto secreto, apartado donde los ciudadanos romanos con capacidad conocían de las acciones que les permitía defender sus posiciones de poder. Difusa separación de la religión y el Estado que empezó a distanciarse férreamente con el nacimiento de las XII tablas.
Recientemente el Gobierno por boca del presidente Sánchez ha decidido gobernar sin el concurso del poder legislativo dice: "Vamos a avanzar con determinación en esa agenda con o sin apoyo de la oposición, con o sin un concurso de un poder legislativo, que necesariamente tiene que ser más constructivo y menos restrictivo".
Así pues, el gobierno volverá al fas, al mandato de lo divino, esa forma de hacer leyes previa a la aparición de la Ley decenviral que niega el debate en el legislativo coartando la palabra, el debate, la exposición de ideas, se volverá a la adoración religiosa al sectarismo del líder, a buscar la razón sinrazón en el secreto profundo de las deliberaciones del Consejo de Ministros, querrá el “pontífices máximo” solapar el poder del legislativo para seguir preñando las instituciones con sus intereses ya sean éstos políticos o judiciales; Sánchez en una infructuosa huida hacia adelante comunicará a sus fieles las locas disposiciones a implementar, tiene invadidos los elementos que legitiman la ley a saber: el Real Decreto Ley y el BOE.
Cicerón visionario: “cuanto más se acerca el fin de un imperio (el mandato de Sánchez es un ejemplo) más locas son sus leyes”
Me viene a la mente el mandato de Maduro de adelantar la Navidad por decreto. Y en este paroxismo ególatra espejo madurista que todo lo iguala por debajo del líder, se le olvida a Sánchez que la soberanía popular reside en el pueblo (Maduro esto ya lo tiene muy abandonado solo hay que ver la reacción del chavismo ante los resultados electorales recientes) soberanía del que emanan los poderes del estado ¡todos los poderes del estado! Incluido el poder presidencial de Sánchez.
Qué pena que el capítulo de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución no esté protegido, que los derechos fundamentales y la exigencia de una ley formal y legitima en sus dos formatos -formal y material- (a mi entender no debería haber división, no se puede ser si no estás) sigo: columna vertebral de una democracia, no tengan una defensa penal frente al Estado; cada ciudadano debería ser defensor de sus derechos constitucionales todos, los fundamentales y los recogidos en otros apartados de la Ley de Leyes. Y no me estoy refiriendo al recurso previo ante el Tribunal Constitucional, me estoy refiriendo a la posibilidad de defender en la vía Penal y repito, frente al Estado (antes de) la violación de los derechos constitucionales que cada individuo tiene por el mero hecho de ser ciudadano, muy al estilo de la violación de los derechos civiles en EEUU.
La Ley de Derechos Civiles de 1964 de Estados Unidos Civil Rights Act of 1964 (Ley del Congreso 88-352, 78 United States Statutes at Large 241, promulgada el 2 de julio de 1964) Tuvo al principio un objetivo: la persecución y el castigo de la discriminación y segregación racial principalmente ejercida por el Estado frente al individuo, así como, la catalogación de qué trabajo era ilegal. Posteriormente el Congreso legisló con los principios de esta Ley otros aspectos de la Constitución de los EEUU.
O alguien cree que la Ley de amnistía no es un ejercicio claro de discriminación y que no cabe ante ella otra defensa que el recurso previo por la legitimidad que tiene el poder ejecutivo en su ejercicio. Donde está aquí el imperio de la Ley que obliga a todos incluso al ejecutivo.
Siempre he dicho que la democracia es el método inventado por el hombre menos malo -por ahora- para gobernarse y que, siendo así, debería parecerse a una dictadura en su defensa no permitiendo libertades y posiciones políticas que la ponga en riesgo. Relacionado con esto Savigny concretó que no puede haber una democracia que no tenga una constitución, apliquemos pues, el mismo criterio.
Y Cicerón volvió:
“El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un líder que pretenda hacerse superior a las Leyes.