consejo de gobierno alicia garcia milagros marcos (4)

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Región

Simplificación y agilidad para los trámites burocráticos de las cooperativas

12 abril, 2017 16:03

La Ley de Cooperativas de Castilla y León fue aprobada en abril de 2002, los cambios sociales y tecnológicos desde entonces han llevado a la Junta a abordar su modificación, con el objetivo de simplificar los trámites de constitución así como la presentación electrónica de cuentas anuales, todo para que tengan una mayor agilidad e impulsar así la actividad de las 2.092 cooperativas registradas con 8.800 empleos aproximadamente en la Comunidad.

Así lo ha planteado la Consejería de Empleo en el Consejo de Gobierno, para iniciar el proceso de participación de la ciudadanía de la Comunidad, a través de la publicación en Gobierno Abierto del texto, para recoger las aportaciones que se trasladen desde la sociedad de Castilla y León. Posteriormente se continuará con la tramitación legislativa hasta la presentación del Proyecto de Ley en las Cortes de Castilla y León para su debate y aprobación.

Modificaciones

El proyecto presentado tiene como objetivo simplificar y agilizar el funcionamiento de las cooperativas, adaptándose a los sistemas de gestión electrónica y a las nuevas fórmulas de cooperativismo. De esta forma las principales modificaciones corresponden a la ampliación del capital social mínimo general a 3.000 euros, anteriormente eran 2.000 euros, y a la reducción a dos, anteriormente eran tres, el número mínimo de socios trabajadores en las cooperativas de trabajo con el objetivo de adaptarlos a la realidad de estas sociedades cooperativas.

Además se simplifican los trámites poniendo en marcha la legalización electrónica de los libros obligatorios y su presentación de las cuentas anuales a través de redes de comunicación. De esta forma se elimina la perforación de los libros para ser entregados y sobre ellos inscribir cuentas y anotaciones.

En cuanto a los órganos de gobierno y gestión de las sociedades cooperativas, se modifican parcialmente las competencias en aspectos financieros de la Asamblea General, y el Consejo Rector adquiere nuevas facultades para incrementar la agilidad y la capacidad ejecutiva en su funcionamiento y en la toma de decisiones. De la misma forma se modifican aquellos aspectos que regulan los supuestos y los plazos para evitar la descapitalización de la sociedad.

Se establece, también, la posibilidad de las cooperativas integrales que aglutinarían varios tipos de cooperativas: de trabajo, agrícolas, de explotación comunitaria de la tierra, entre otras. Se incluye una nueva figura de socio de servicios, y se adapta el texto de las cooperativas agrarias a las agroalimentarias.

En cuanto a la disolución, liquidación y extinción de las sociedades cooperativas se establece un procedimiento abreviado para que en una sola escritura la Asamblea General pueda acordarlo. Esto supone mayor facilidad y abaratamiento de costes para extinguir cooperativas que llevan varios años sin actividad. Por último se adapta el texto a la nueva normativa en vigor, sobre procedimiento administrativo, sociedades de capital y procedimiento concursal.