audiencia juzgados valladolid 4

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Región

Condenados por sacar un millón con un "hombre de paja"

9 julio, 2017 15:10

La Audiencia de Valladolid ha condenado a dos empresarios a cinco años de prisión y a devolver más de un millón de euros a la empresa de uno de ellos mediante las facturas falsas emitidas por una segunda propiedad del otro y utilizar un "hombre de paja" para intentar la liquidación irregular de la sociedad, ya que no solicitó el concurso de acreedores en su momento.

En concreto, en el fallo, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, se condena a A.A.A. y J.M.G.G. por un delito continuado de falsedad en documento mercantil en relación de concurso medial con un delito de alzamiento de bienes del que el segundo es cooperador necesario.

En total, a pesar de haberse tenido en cuenta la atenuenante de dilaciones indebidas, se les imponen penas de dos años y medio de prisión y multa de 16.200 euros para cada uno de ellos, además de a reintegrar a la empresa Excyo, S.L (de la que era dueño y administrador A.A.A), el importe de las facturas falsas que fueron cobradas de manera efectiva por el segundo de los acusados, lo que asciende a 1.046.134,9 euros.

Los hechos que se consideran probados , conocidos a raíz de la denuncia interpuesta por dos empresas acreedoras de Excyo, se remontan a finales de 2008, cuando el acusado y administrador único de la sociedad, A.A.A, renovó de forma masiva los efectos utilizados para el pago de los acreedores, a los que trasladó el aparente compromiso de pago de sus créditos mediante el libramiento de nuevos pagarés con vencimientos en el primer trimestre de 2009, cuando él ya tenía previsto que la sociedad estuviera en manos de otra persona, "un hombre de paja", liquidada y sin patrimonio, según se recoge en la sentencia.

Después decidió deshacerse de los activos más importantes que tenía la sociedad, que era la maquinaria de la que disponía, para lo que A.A.A. contrató la subasta con una empresa cuando era administrador único, aunque la subasta se produjo días después, cuando ya formalmente no era ni esta figura ni siquiera dueño de la sociedad, al frente de la cual había ya colocado al "hombre de paja" --declarado en rebeldía en esta causa, pero cuya participación en hechos similares se ha comprobado--.

De esta manera se obtuvo liquidez por importe de más de 520.000 euros que se abonaron en cuentas de la empresa en las que se cargaron de manera inmediata facturas falsas emitidas a nombre del otro acusado, J.M.G.G.

"Hombre de paja"

De forma casi simultánea, en una estrategia que se considera ideó A.A.A, se vendió la sociedad al "hombre de paja", identificado como C.F.S.S.C, quien sucedió al primero como administrador, quien ni siquiera costa que pagara la compra de las participaciones y además conocía las actuaciones que se llevaban a cabo como la venta de maquinaria.

Esta persona, que no ha sido localizada, ya se había dedicado en otras empresa a cumplir la misma función que en este caso, según el administrador concursal: aparecer como comprador, ser nombrado administrador y liquidar la sociedad y todo su patrimonio de manera ilegal, sin que éste pueda quedar a disposición de los acreedores.

De hecho, según se considera probado en la sentencia, el individuo incluso procedió al cierre de la empresa e impidió literalmente el acceso de los trabajadores. Además, aunque éste individuo figuraba com administrador, A.A.A. hacía funciones como tal.

Después de dar todos estos pasos, A.A.A. se puso en contacto con un antiguo cliente que se prestó a aparecer como "facturero", de manera que confeccionara las facturas falsas que quedaban a disposición de J.M.G.G, quien procedió a cobrar multitud de ellas, a pesar de que las mismas no se correspondían con trabajos efectivos y sin que el nuevo administrador de la sociedad mostrara su oposición.

De esta manera, se procedió al vaciamiento del dinero del que se disponía en efectivos, en gran medida obtenido con la venta de las máquinas a lo largo del mes de diciembre de 2008. Así, cuando los acreedores intentaron cobrar a lo largo de los dos primeros meses de 2009, ya no existía dinero en las cuentas de la sociedad.

Además, aunque no se ha condenado a A.A.A. por alzamiento de bienes a título personal con la cooperación necesaria de su esposa, el hecho de que donara su vivienda a ésta última supone un indicio de que "actuó de manera dolosa" realizando todo el entramado, recoge la sentencia.