Condenada una guardería de Medina por la caída de un niño
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Medina del Campo (Valladolid) ha dictado sentencia condenatoria contra una guardería de la villa con motivo del accidente del que fue víctima uno de los menores de once meses que tenía a su cargo, quien se fracturó el fémur de la pierna derecha en octubre de 2016.
Los progenitores ejercitaron acción de responsabilidad contractual y extracontractual contra la guardería y reclamaron 4.188 euros en concepto de daños personales sufridos por su hijo menor, si bien la juez, en sentencia a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, ha estimado parcialmente la demanda y ha resuelto condenar a la cuidadora y la guardería para que, de forma solidaria, indemnicen a los demandantes con un total de 3.893 euros.
La sentencia es ya firme debido a que la parte demandada no ha presentado recurso. Sin embargo, los padres de la víctima aún no han recibido cantidad alguna, por lo que éstos han solicitado la ejecución del fallo.
El accidente se produjo cuando el aula que tenía bajo su cuidado una de las trabajadoras se hallaba ocupada por un total de diez alumnos (cuatro bebés, de 0 a 1 año, y seis medianos, de 12 a 18 meses), ya que a la hora de comer dicha cuidadora asumía la vigilancia de los alumnos de otra compañera, tal y como explicó en el juicio la condenada.
La cuidadora se encontraba cambiando el pañal a uno de los niños en la zona de cambiadores, dentro de la misma aula, sin visibilidad de la zona de juegos en la que se encontraba el resto, cuando oyó llorar al accidentado, sin que entonces, como así alegó, descubriera más que un golpe en la frente del bebé, por lo que se limitó a aplicarle 'arnidol'.
"Sin vigilancia" directa
"Los cierto es que durante un breve periodo de tiempo, breve pero suficiente para que el niño tuviera daños, los menores estuvieron sin vigilancia y seguimiento directo de una cuidadora, pues ésta no podía ver desde la zona de cambio de pañal lo que acontecía en el área de juegos", advierte la juzgadora en su sentencia.
El niño estuvo llorando a intervalos durante toda la tarde y una vez llevado a urgencias por sus padres el diagnóstico emitido por los facultativos constató fractura del tallo verde del tercio distal del fémur derecho y contusión en región frontal.
Para la juez, "en tanto no se ha probado que los miembros del profesorado del centro hubieran empleado la diligencia de un buen padre de familia, en este caso las que exigían las circunstancias del tiempo, lugar y personas para prevenir el daño, ha de apreciarse negligencia en la dirección de la guardería al dar lugar a la situación desencadenante del accidente, que no se hubiera producido de haber estado los menores bajo la supervisión de alguna cuidadora, sin necesidad de entrar en el análisis de si se cumplía la ratio de cuidadores por niño".