La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha resuelto que no hay lugar a la incoación de procedimiento criminal tras la denuncia presentada por Ecologistas en Acción (EA) contra los miembros de la Mesa de las Cortes por la admisión a trámite de la proposición de ley sobre la caza en la Comunidad.
Así lo ha acordado y comunicado a las partes mediante un auto dictado este martes, resolución contra la que cabe recurso de súplica en el plazo de tres días, según han informado a Europa Press fuentes del Alto Tribunal.
La denuncia considera que la admisión a trámite de la proposición de Ley de modificación de la vigente Ley de Caza, presentada por PSOE, Ciudadanos y PP, amén de presentar "visos de inconstitucionalidad", es constitutiva de los delitos de prevaricación, usurpación de atribuciones y contra los derechos cívicos de los denunciantes pues tiene como finalidad evitar cualquier control que pudiera impedir la práctica de la caza en la comunidad, eludiendo una reciente resolución judicial que ha suspendido cautelarmente dicha actividad.
Para fundamentar su tesis, ha explicado el TSJCyL, los denunciantes traen a colación el procesamiento de los miembros del Parlamento de Cataluña, alegando la idéntica naturaleza de las resoluciones adoptadas por ambos, que consideran tienen carácter administrativo por lo que no se hallan dentro de la esfera de la inviolabilidad parlamentaria.
La resolución de la Sala estima, por el contrario, que existe una radical diferencia entre la actuación de los miembros del Parlamento de Cataluña y la actuación de la Mesa de las Cortes de Castilla y León.
Los parlamentarios catalanes han sido procesados por desobediencia al incumplir el requerimiento del Tribunal Constitucional de dejar sin efecto las resoluciones adoptadas por dicha Mesa, que previamente declaró nulas.
Constitucionalidad
Los castellanoleoneses en cambio han admitido a trámite una proposición de Ley sobre la que, "por el momento, no ha recaído tacha de inconstitucionalidad, con escrupuloso respeto al procedimiento regulado en el Reglamento de la Cámara, en cumplimiento de las funciones que le vienen atribuidas en el mismo", han indicado las mismas fuentes.
Todo ello conduce a la Sala Civil y Penal a resolver que no ha lugar a incoar procedimiento criminal dado que, en virtud de la naturaleza parlamentaria del acto que se denuncia como delictivo, los componentes de la Mesa, en su calidad de autores del mismo, se hallan revestidos de la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria que les otorga el Estatuto de Castilla y León, sin perjuicio de la competencia del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la proposición de la Ley que se denuncia.
El auto se dicta el mismo día en el que Ecologistas en Acción, en un comunicado de prensa, daba a conocer que se había admitido a trámite la denuncia la "semana pasada", ya que el Tribunal comunicó que daba por recibidas las actuaciones y formó rollo de Sala el pasado día 18 de marzo, cuando designó magistrado ponente conforme al turno establecido de reparto como parte del procedimiento.
Ecologistas en Acción denunció el pasado 12 de marzo por prevaricación al entonces presidente en funciones de las Cortes, Ramiro Ruiz Medrano, y los otros cuatro procuradores que junto a él integran la Mesa de las Cortes, por presuntos delitos de prevaricación, usurpación de atribuciones judiciales e impedimento del ejercicio de derechos cívicos.
Ecologistas en Acción presentó esta denuncia por haber admitido a trámite la Proposición de Ley presentada el pasado 28 de febrero por los grupos parlamentarios Popular, Socialista y Ciudadanos con la finalidad de "pasar por encima" de la suspensión cautelar de la caza ordenada por el Alto Tribunal.
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