La FEMP recomienda la prohibición de bicicletas y patinetes en los parques
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha remitido este lunes a todos los ayuntamientos de España un documento con recomendaciones sobre espacios públicos y modos de desplazamiento, entre las que se incluye la prohibición de circulación y estacionamiento de bicicletas y patinetes eléctricos en espacios peatonales.
La Federación entiende como espacios peatonales las aceras, los bulevares, paseos, parques, jardines, calles y zonas peatonales, donde "el peatón ha de tener la exclusividad" y donde, por tanto, ha de estar prohibido el aparcamiento de todo vehículo o elemento de transporte. Solo se permitirá la circulación de vehículos en el caso de que la persona que lo conduzca tenga movilidad reducida.
El documento establece una serie de excepciones para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP): podrán circular por los carriles de calzada a menos de 30 km/h; por plataformas únicas a 10 km/h; y por carriles bici si es a una velocidad entre 10 km/h y 20 km/h.
En las plataformas únicas, aconseja que se debería establecer una zona vehicular delimitándose con pavimento tacto-visual o elementos que impidan o dificulten la irrupción involuntaria del modo peatonal en la zona vehicular (mobiliario urbano, plazas de aparcamiento, etc.) Esta zona vehicular no debería estar configurada como carriles de circulación porque animan a los aumentos de velocidad. Tampoco es partidaria la FEMP de que autobuses y tranvías puedan circular por plataformas únicas.
En los carriles de velocidad máxima a 30 y 20 km/h, la FEMP dice que se permitirían las bicicletas, las bicicletas con pedaleo asistido, las bicicletas eléctricas, los VMP, los ciclomotores, las motocicletas, los automóviles y el transporte público.
En los de 40 km/h, solo se permitirían las motocicletas, los automóviles y el transporte público. Todo carril 40 debería tener anexo a su derecha un carril 30.
En cuanto a los carriles bus, la FEMP quiere que los ayuntamientos limiten la velocidad a 30 km/h y que este sea exclusivo para el transporte público.
En el carril bici, la velocidad máxima sería de 20 km/h y la mínima de 10 km/h, tendría prioridad la bicicleta y bicicleta de pedaleo asistido, por ser modos de movilidad activa. Se permitiría su utilización a los VMP y bicicleta eléctrica.
Además, con respecto a los parques y jardines, habría que configurar carriles vehiculares exclusivos para el resto de los modos de desplazamiento activos diferentes al peatonal, ya que considera estos espacios "exclusivamente sociales y de ocio" y no "vías de desplazamiento del municipio". Y los corredores podrán desplazarse "si la densidad de peatones lo permitiera".
Para solventar algunos de los problemas relacionados con la convivencia vial, la FEMP propone la existencia de calles ciclopeatonales cuya calzada se limitaría a 20 km/h, en las que se reservaría la circulación a la bicicleta, la bicicleta con pedaleo asistido, y los VMP motorizados y no motorizados.
Regulación de menores
Respecto al uso de vehículos en menores, la Federación permite que los menores de hasta 12 años puedan jugar en bicicleta o en VMP no motorizado, si estos van acompañados de adultos a pie, por los espacios peatonales y la plataforma única, siempre que no sobrepasen los 10 km/h y respeten la prioridad peatonal.
Los menores de más de 12 años podrían circular en bicicleta, bicicleta de pedaleo asistido, VMP motorizados y no motorizados, por plataforma única (velocidad máxima 10 km/h) y por el carril bici.
Los menores de 14 o más años podrían circular en bicicleta, bicicleta de pedaleo asistido y VMP motorizado, por los carriles de velocidad máxima 20 km/h y la calzada de la calle ciclopeatonal (velocidad máxima 20 km/h).
Los menores de 15 o más años podrían circular en bicicleta, bicicleta de pedaleo asistido, bicicleta eléctrica y VMP motorizado por los carriles de velocidad máxima 30 km/h.