El Procurador del Común, Tomás Quintana, ha pedido pide que se regule el uso de patinetes eléctricos hasta la aprobación de la normativa estatal y se incrementen las medidas de vigilancia y control, una recomendación que dirige a los cargos locales electos.
El defensor del pueblo castellanoleonés ha explicado que tras la realización de las labores de investigación oportunas relacionadas con la actuación de oficio llevada a cabo sobre el uso de VMP (patinetes eléctricos) en los municipios de Castilla y León de más de 5.000 habitantes, acordó dirigir distintas resoluciones a todos ellos.
De esta forma, les instaba a que, de modo transitorio y hasta la aprobación de la normativa general en la materia, "bien regulen reglamentariamente el uso de dichos vehículos en sus municipios, en el caso de los municipios más importantes, bien incrementen las medidas de vigilancia y control del uso conforme a la normativa vigente en los restantes municipios", ha señalado en un comunicado recogido por Europa Press.
En este contexto, el Procurador ha señalado inició una actuación de oficio debido a la irrupción en las vías públicas de los comúnmente denominados "patinetes eléctricos" que, unido a la velocidad que alcanzan, la masa y el hecho de que compartan espacio con peatones y vehículos para circular al no tener un espacio propio en las vías, genera un "evidente riesgo" para la seguridad vial de usuarios de los mismos y para las demás personas que comparten el mismo espacio para moverse, motivo por el cual el Procurador del Común acordó iniciar una actuación de oficio al respecto.
Además, ha recordado que en 2016, con vocación transitoria hasta la elaboración de una, todavía pendiente, normativa general sobre el uso y circulación de los mismos, la Dirección General de Tráfico emitió una Instrucción (16/V-124), por tanto, no vinculante, en la que se establecen criterios y recomendaciones "muy básicos y, seguramente, insuficientes" dirigidos a los ayuntamientos para que regulen dicha materia en al ámbito de sus competencias.
Con el fin de valorar la posibilidad de formularles sugerencias o recomendaciones que puedan homogenizar, con respeto al principio de autonomía municipal, a la potestad discrecional de los municipios en la materia y a las peculiaridades de cada localidad, las distintas regulaciones, se solicitó y recibió información de cerca de medio centenar de municipios.
De la información recibida, el Procurador ha extraído como conclusiones generales que la mayoría de los ayuntamientos de Castilla y León de más de 5.000 habitantes coinciden en señalar que están a la espera de que sea aprobada una normativa general antes de adoptar o modificar la municipal y ninguno de los consistorios que no son capital de provincia, a excepción de un municipio, cuentan con normativa municipal que regule el uso y circulación de los estos vehículos eléctricos.
Por lo que respecta a las capitales de provincia, como consta en los informes recibidos, solo León y Segovia disponen de una normativa específica, en tanto que en el Ayuntamiento de Ávila se tramita una modificación para recoger la regulación de estos vehículos.
Baja siniestralidad
También se concluye que la siniestralidad, por el momento, es muy baja, de tal manera que según los datos facilitados por los Ayuntamientos informantes se han producido nueve accidentes en los últimos tres años (en dos de los cuales hubo traslado hospitalario a una persona).
En cuanto a denuncias se refiere en los últimos tres años, constan once en las capitales de provincia y las causas más frecuentes son la conducción negligente o temeraria, circular por zonas peatonales, no respetar la luz roja de los semáforos o circular por la calzada sin elementos de seguridad.
A la vista de ello, el Procurador del Común dirigió resoluciones a los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes, dado que hasta la aprobación de la normativa general, existe un vacío legal en alguno de los aspectos en ella regulados, especialmente en los relacionados con la potestad sancionadora de las administraciones públicas, teniendo en cuenta también que la modificación de la normativa general es, en el momento presente, una mera expectativa.
Por ello, considera oportuno que aquellos municipios que cuentan con ordenanzas de tráfico que regulan el uso de patinetes eléctricos, "adapten, si procede", dicha regulación a la Instrucción, y que aquellos municipios que en sus ordenanzas sectoriales en materia de tráfico y seguridad vial no lo regulan, incorporen a las mismas las recomendaciones que en ella se hace. En ambos casos, en aquellos aspectos para los que son competentes (ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico).
Por lo que respecta a los ayuntamientos que no son capital de provincia y sean de menos de 50.000 habitantes, dada la poca incidencia, conflictividad y siniestralidad detectadas, el Procurador del Común ha entendido que, por el momento, no es prioritaria la regulación reglamentaria, al menos hasta que la normativa general anunciada sea una realidad.
En cambio, como en el caso de los municipios más importantes, también se ha recomendado la realización de campañas informativas para dar a conocer a los propietarios y usuarios de vehículos de movilidad personal los criterios de uso y circulación establecidos en la Instrucción 16/5-124 de la Dirección General de Tráfico y, en su caso, de la normativa municipal.