Ana Julia Quezada asesinó con alevosía al niño de ocho años Gabriel Cruz, hijo de su expareja sentimental, el 27 de febrero de 2018 en la nca familiar de Rodalquilar, (Níjar, Almería), tras "lanzarlo contra el suelo o pared" de la habitación del cortijo "de forma intencionada, súbita y repentina" y que lo hizo consciente de su "superioridad" por diferencia de edad y por complexión.
Así lo ha determinado el jurado popular que ha deliberado sobre las pruebas presentadas contra ella en el transcurso de la vista oral celebrada en la Audiencia Provincial en la que ha estimado acreditado también que Gabriel, quien "conaba" en la acusada por ser una persona "íntimamente ligada" a su entorno familiar, "no tuvo posibilidad de defenderse ni de reaccionar", lo que aboca a Quezada a la prisión permanente revisable, tal y como solicita la Fiscalía.
En presencia de Ángel Cruz y Patricia Ramírez, padres del menor, y en audiencia pública, las siete mujeres y dos hombres que integran el jurado han considerado probado por unanimidad que, de acuerdo con los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) que practicaron la autopsia, "tras el impacto" la acusada "procedió con sus propias manos" a la oclusión de los oricios respiratorios "con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento" por asxia mecánica por sofocación.
El jurado popular ha descartado que Ana Julia Quezada, tal y como ha mantenido la acusación particular ejercida por los progenitores, aumentase de manera deliberada e inhumana el sufrimiento del niño al darle muerte y rechaza que haya pruebas que respalden que le diera "golpes, dejándolo aturdido" entre 45 y 90 minutos para después "taparle la boca y la nariz hasta llevarle a la muerte".