La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha declarado nula la Ordenanza Reguladora del Funcionamiento del Área Territorial de Prestación Conjunta de Valladolid y su entorno (Atpcva) tras la demanda de siete taxistas.
En concreto, el Tribunal ha declarado nula la norma que regulaba hasta el momento el servicio de taxi tanto en la capital como en los 23 municipios del alfoz y deja sin efecto algunos aspectos fundamentales dentro del sector como las paradas metropolitanas, los descansos de los más de 470 vehículos que trabajan en la provincia y la exclusividad en el trabajo para los taxistas, según la información publicada por El Día de Valladolid recogida por Europa Press.
El sector está "claramente afectado" ante una sentencia que no se esperaba y tratará de encontrar "lo antes posible" una solución, aunque no parece una tarea sencilla, según relata al diario el presidente de Radio Taxi, Ángel Luis Lorenzo.
El Ayuntamiento, de manos del entonces concejal de Seguridad y Movilidad, Luis Vélez, fue el encargado de negociar esta ordenanza después de que el resto de municipios delegada sus funciones en el Consistorio vallisoletano.
En enero de 2018 el Pleno aprobó la normativa y se puso en marcha el taxi metropolitano, un servicio que permitía entre otros aspectos que los vehículos de Valladolid pudieron recoger clientes en las paradas del resto de municipios y viceversa, algo que ahora no se podrá hacer.
?De igual forma, también se contemplaba la puesta en vigor de precios fijos entre paradas de Valladolid y el alfoz para que los clientes supieran de antemano el coste de los trayectos, algo que tampoco se podrá llevar a cabo según la sentencia a la que ha tenido acceso El Día de Valladolid.
Ahora, el Ayuntamiento tendrá que volver a empezar de nuevo con la redacción de una nueva ordenanza o recurrir la sentencia del TSJ ante el Supremo, una medida que por el momento no se contempla.
En un principio, será el día 17 de diciembre cuando la sentencia sea efectiva si no presenta recurso por parte del Ayuntamiento y desde ese día el documento de 2018 quedaría anulado y el taxi vallisoletano volvería a regirse por la anterior ordenanza de 2005, donde no se habla en ningún momento del taxi metropolitano.
Siete demandantes
La sentencia viene motivada por el recurso contencioso-administrativo de siete taxistas contra 20 artículos de la ordenanza. Este grupo entendía que no se correspondían a derecho algunos aspectos como, por ejemplo, que cada licencia solo pueda tener un único titular y ampare a un solo y determinado vehículo.
También el hecho de que los futuros taxistas tuvieran que estar empadronados en la ciudad de Valladolid o en alguno de los demás municipios, que no se pudiera comprar más de una licencia, o el hecho de la exclusividad. Es decir, que los taxistas solo pudieran dedicarse a ejercer su trabajo y no otros, explica El Día.
La ordenanza anulada también recogía en su artículo 19 que el vehículo solo podría ser conducido por el titular de la licencia y otras dos personas asalariadas, algo que también fue recurrido por los demandantes.
Uno de los aspectos más controvertidos que es motivo de conflicto entre las nueve asociaciones de taxistas existentes en Valladolid es el descanso y las paradas. El artículo 24 de la ordenanza lo regulaba poniendo de manifiesto que sería el propio Ayuntamiento de Valladolid la entidad encargada de fijarlos y recogía un mínimo de 24 horas continuadas de descanso por semana, algo que ahora queda en el aire, incluso hace unos días se ha mantenido una reunión de trabajo entre las diferentes asociaciones y no se ha alcanzado ningún acuerdo.
Según el diario, realmente cada uno de los taxistas se está autoimponiendo sus descansos, dejando abierta la posibilidad de que algunas paradas estén desatendidas a determinadas horas del día.
El artículo 32 obligaba a todos los vehículos a disponer de los medios telemáticos adecuados para que aquellos clientes que quisieran pudieran pagar con tarjeta y no en metálico. Los coches de nueva incorporación tampoco podrían tener más de cuatro años o más de 70.000 kilómetros, según el artículo 36, aspectos que también quedan anulados.
Por otra parte, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia también hacen hincapié en el hecho de que el Ayuntamiento debería haber solicitado un informe sobre la puesta en marcha de esta ordenanza al Consejo de Transportes de Castilla y León, perteneciente a la Junta, para "garantizar la legalidad, acierto y oportunidad de la disposición general", algo que no se hizo por parte del Consistorio vallisoletano y ahora supone un motivo de su anulación.
El presidente de Radio-Taxi indicó que existe un gran desconcierto dentro del sector a medida que los conductores van conociendo la noticia y más teniendo en cuenta que el pasado lunes mantuvieron una reunión en la Casa Consistorial donde estuvieron presentes algunos de los miembros de los servicios jurídicos del Ayuntamiento y el propio concejal Luis Vélez y no se puso encima de la mesa una solución clara a esta nueva situación.