En primer lugar, con motivo del especial incremento de casos de infección por COVID-19 producida por nuevo coronavirus SARS-CoV-2 en el municipio de Miranda de Ebro (Burgos), la Junta de Castilla y León establece este municipio como zona de contención reforzada que exige la implementación de medidas y recomendaciones especiales, debido a la transmisión significativa del virus. Recomendaciones también que van para todo el cojunto de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

MEDIDAS



  1. Se suspende la actividad docente presencial y las actividades extraescolares en los centros de todos los niveles educativos. Durante el período de suspensión se recomienda continuar las actividades educativas a distancia. Esta es la única medida que será también de aplicación a los centros de todos los niveles educativos del Condado de Treviño, y Pancorbo.
  2. Se suspende la actividad docente presencial de la Universidad de la Experiencia de Miranda de Ebro.
  3. Se suspenden las actividades programadas en los centros sanitarios de atención primaria y de atención hospitalaria, salvo circunstancias individuales determinadas por la dirección del centro.
  4. Se suspende el acceso de acompañantes y visitantes a los centros sanitarios, salvo en circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, que adoptará la dirección de cada centro.
  5. Se suspende la actividad presencial de todos los centros de día de atención social.
  6. Se restringen las visitas en residencias de personas mayores públicas y privadas a un visitante al día por residente, y con una duración máxima de una hora, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, que adoptará la dirección del centro. La visita se realizará si fuese posible en la habitación del residente, debiendo entrar en contacto con el menor número posible de usuarios del centro. Los visitantes en ningún caso deberán acudir a estos centros si presentan síntomas de infección respiratoria aguda, advirtiéndose de esta circunstancia a la entrada de los centros.
  7. Se suspenden las actividades presenciales para usuarios de centros cívicos, centros deportivos, bibliotecas, albergues juveniles, ludotecas, espectáculos públicos, y centros no residenciales de jóvenes y mayores.
  8. Se suspende la concentración de personas en los actos litúrgicos o ceremonias colectivas de cualquier confesión religiosa o análogas de carácter civil.
  9. Se suspenden las actividades de deporte base escolar.
  10. Se suspenden las actividades colectivas celebradas en espacios cerrados y que impliquen a más de 1.000 personas. Si tienen un aforo menor al millar, podrán celebrarse si únicamente se cubre un tercio del aforo, aplicándose medidas de distanciamiento entre las personas, conforme a las recomendaciones sanitarias.
  11. Se suspenden las actividades en espacios al aire libre que pueden aglutinar un elevado número de personas, como mercadillos, rastros, ferias, romerías, matanzas y similares.
  12. Se procederá a la desinfección diaria de los vehículos destinados al transporte público.

Estas medidas preventivas previstas son de obligado cumplimiento para todas las personas físicas y jurídicas afectadas por las mismas cuyo incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones correspondientes conforme la normativa de aplicación.

RECOMENDACIONES



  1. Evitar el uso del transporte público colectivo, siempre que sea posible.
  2. Se recomienda a aquellas personas residentes en Miranda de Ebro que comiencen con síntomas respiratorios y/o fiebre que permanezcan en su domicilio, evitando acudir a su lugar de trabajo y a los centros sanitarios, siempre que su situación clínica así lo permita. También deberán evitar el contacto próximo con personas mayores o con enfermedades crónicas, manteniendo la mayor distancia posible. Para solicitar atención sanitaria domiciliaria podrán contactar telefónicamente con su centro de salud o con el teléfono 900 222 000.
  3. Se recomienda no acudir a los centros sanitarios, salvo en aquellos casos en los que a juicio del usuario o sus cuidadores, la urgencia de atención no admita demora.
  4. Se recomienda en el ámbito laboral del municipio de Miranda de Ebro y del entorno próximo de municipios con presencia significativa de trabajadores residentes en Miranda de Ebro, la realización de teletrabajo, las reuniones por medios telemáticos, la facilitación de flexibilidad horaria para favorecer la conciliación familiar y laboral, en particular de quienes se vean especialmente afectados por la suspensión de actividades escolares, el planteamiento de turnos escalonados para reducir las concentraciones de trabajadores, y la revisión y actualización en caso preciso de los planes de continuidad de la actividad laboral ante emergencias.

5. Estas medidas preventivas y recomendaciones se publicarán mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León y estarán vigentes hasta el día 26 de marzo de 2020 incluido. Este plazo temporal podrá ser ampliado en función de la evolución de la situación epidemiológica.