El Gobierno de España recurre el toque de queda de Castilla y León que limita la movilidad desde las 20.00 horas en todo su territorio. El Ejecutivo de Pedro Sánchez considera que la medida tomada por la Comunidad vulnera la regulación contenida en el Estado de Alarma, el cual regula expresamente en su Artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23.00 y las 6.00 horas, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial "que la hora de comienzo de la limitación prevista sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas".
Así lo acaba de anunciar en una nota de prensa del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Histórica después de que ayer sábado entró en vigor la medida tras publicación en el Bocyl. El Gobierno considera que la medida tomada por Castilla y Léon “se trata, en consecuencia, de una restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del estado de alarma definido en el Real Decreto 926/2020”.
Por ello, el Gobierno ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra el Acuerdo 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco por el que se determinan las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.