Las Cortes convalidan el Decreto ley sobre el cierre de establecimientos que incumplan la normativa Covid hasta 5 años
Las Cortes de Castilla y León, con el único voto en contra de VOX, han convalidado el Decreto Ley sobre el régimen sancionador ante los incumplimientos de normativa Covid y que establece en cierre de entre dos y cinco años para aquellos establecimientos que incurran en delitos considerados como "graves" o "muy graves".
El Decreto ha sido defendido por el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, quien ha recordado que esta norma viene a completar el régimen sancionador que ya se aprobó al inicio de la pandemia con el fin de "mejorar" la misma, al tiempo que obedece a las peticiones de los sectores afectados con el fin de no penalizar a los cumplidores.
Para Suárez-Quiñones esta norma es una "necesidad" que está motivada en el levantamiento progresivo de las medidas restrictivas que debe ir acompañado de un "estricto control" de los "incumplimientos" para evitar una "expansión descontrolada del virus".
Tras la exposición, la procuradora de Vox, Fátima Pinacho, ha considerado que este Decreto "no hay por donde cogerlo". "La modificación asume competencias que no le corresponden a las comunidades", ha señalado, tras lo que ha reseñado que la norma tiene "cierto aroma caciquil de Igea".
"Ya resulta cansina la criminlación a un sector al que se le tiene machacado, no más restricciones", han zanjado.
No obstante, la procuradora de Podemos Laura Domínguez ha respaldado la iniciativa con la base de la defensa de la "salud" de la población. "La salud debe primar sobre todo y tenemos que defender el bien común", ha concluido.
Este respaldo también ha sido defendido por el procurador de Ciudadanos José Ignacio Delgado, quien ha reseñado que se trata de un Decreto necesario en "momentos complicados", algo en lo que también ha incidido el procurador del PP Pablo Trillo.
Por último, el procurador socialista Jesús Puente, pese a respaldar la iniciativa, se ha preguntado qué ha cambiado para endurecer ahora el procedimiento. Así, ha exigido que no sólo se impulsen medidas restrictivas, sino que se insista también en acciones de apoyo al sector.
EL DECRETO
El Decreto-Ley ha modificado la norma en vigor sobre el incumplimiento de las obligaciones preventivas para la contención de la pandemia con el objetivo de añadir la posibilidad de decretar el cierre temporal, ya sea como medida provisional o como sanción accesoria, ante determinadas situaciones calificadas como graves o muy graves.
El Decreto-Ley 7/2020, de 23 de junio, de la Junta de Castilla y León establece el régimen sancionador específico actualmente vigente en relación con el incumplimiento con las medidas de prevención y contención para hacer frente a la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad.
El texto ahora convalidado hace referencia a una doble finalidad: por un lado, regula la posibilidad de imponer, como sanción accesoria a las anteriormente ya definidas, el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio implicado en algunas de las situaciones calificadas como infracción grave o muy grave, siempre tras audiencia previa del interesado y por un período de dos o cinco años, respectivamente.
Y por otro la posibilidad de acordar, tanto como medida provisionalísima -es decir, con carácter previo al inicio del procedimiento sancionador correspondiente- o como provisional -una vez iniciado éste-, el cierre provisional o la suspensión de actividad en el establecimiento susceptible de infracción.
En el caso de adoptarse la medida provisionalísima, ésta deberá ser ratificada, rechazada o modificada en la resolución iniciadora del procedimiento sancionador, en un plazo máximo de quince días tras la adopción de esa actuación provisionalísima, quedando sin efecto aquellas que, vencido ese plazo, no hayan sido ratificadas.
La adopción de estas medidas provisionales y sancionadoras accesorias ahora contempladas serán competencia de las autoridades que lleven a cabo la instrucción y resolución de los correspondientes procedimientos sancionadores: los órganos competentes de la Administración del Estado, de la Comunidad de Castilla y León y de los ayuntamientos.