39 años del Estatuto de Autonomía que alumbró a Castilla y León
La norma institucional básica de la región, la última aprobada en España, salió adelante el 22 de febrero de 1983 no exenta de polémicas, especialmente con las cuestiones de León, Segovia y el Condado de Treviño
2 marzo, 2022 07:00La muerte del dictador Francisco Franco, el 20 de noviembre de 1975, y la posterior aprobación de la Constitución Española, el 6 de diciembre de 1978, abrieron paso a la construcción del Estado autonómico en España, tal como hoy lo conocemos. La nueva Carta Magna, en su artículo segundo, garantizaba el "derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones" y pronto las diferentes regiones históricas comenzaron a impulsar procesos autonómicos que desembocaron en la aprobación de Estatutos de Autonomía, como norma institucional básica. Castilla y León no sería una excepción, aunque viviría durante este proceso las dificultades propias de su extensión y del hecho de albergar varias de estas regiones históricas en su seno.
La Constitución otorgaba dos posibilidades para impulsar estos Estatutos, la conocida como "vía lenta", basada en el artículo 143, y la "vía rápida", descrita en el artículo 151. La primera daba derecho a una autonomía reducida, al no disponer de todas las competencias que no son exclusivas del Estado en el momento de constituirse, mientras que en el caso de la segunda daba derecho a la autonomía completa.
Castilla y León utilizaría la "vía lenta", mientras que las comunidades que habían gozado de Estatutos durante la Segunda República –Cataluña, Galicia y País Vasco– utilizaron la "vía rápida" y configuraron sus normas entre 1979 y 1981, varios años antes. Andalucía también logró aprobar su Estatuto por esta vía ya que, aunque no había gozado de esta norma en el periodo republicano, se aprobó en mayoría absoluta de los electores de cada provincia, otra de las fórmulas posibles.
Complicaciones para la aprobación del Estatuto: la diversidad identitaria de la nueva comunidad
En el caso de Castilla y León, existían diversas complicaciones de base. La nueva comunidad que se quería constitutir se basaba en la unificación de dos regiones históricas: Castilla La Vieja y la Región Leonesa. Además, dos antiguas provincias de Castilla La Vieja, Santander y Logroño, estaban impulsando sus propios procesos autonómicos y, por tanto, se desligaban de la nueva comunidad. Quedaban por tanto las tres provincias de León: León, Zamora y Salamanca, y las seis de Castilla La Vieja menos las dos ya mencionadas: Palencia, Valladolid, Segovia, Ávila, Burgos y Soria. Pero las complicaciones no terminarían aquí.
En julio de 1981 la Diputación de Segovia inició el proceso para que la provincia se constituyera en una comunidad autónoma propia y de los 210 municipios de la provincia, 178 votaron a favor de esta decisión. Pero la capital segoviana votó de manera contraria a esta iniciativa y finalmente las Cortes Generales impusieron la incorporación de Segovia al proceso autonómico de Castilla y León. Con todo, la cosa no quedó ahí y 54 senadores presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra la incorporación de Segovia a la nueva comunidad autónoma, aunque finalmente, en noviembre de 1984, el Tribunal Constitucional declaró la norma recién aprobada conforme con la Constitución.
La cuestión leonesa también fue un hándicap en la conformación de la nueva autonomía. La Región Leonesa tenía, y tiene, una fuerte identidad histórica y esto generó rechazo en parte de su población a la hora de unirse a la nueva comunidad de Castilla y León. Una vez aprobado el Estatuto, en junio de 1983, el Grupo de Alianza Popular en el Senado presentó un recurso de inconstitucionalidad también con respecto a la incorporación de León a la nueva autonomía, si bien, en septiembre de 1984 el Tribunal Constitucional falló en favor de la incorporación.
Otra cuestión compleja fue la del Condado de Treviño, ubicado geográficamente en Álava pero perteneciente a la provincia de Burgos desde la división provincial de 1833. Tras la configuración de la autonomía no fueron pocas las voces que reclamaron su incorporación al País Vasco, un sentimiento que continúa hoy en día ya que el Partido Nacionalista Vasco (PNV) fue el partido más votado allí en las últimas elecciones generales de noviembre de 2019. También existe la cuestión de El Bierzo, donde existe una fuerte identidad propia separada de la leonesa y que en 1991 logró, finalmente, su añorada constitución como Comarca.
El Estatuto de Autonomía de febrero de 1983
El texto del Estatuto se aprobó después de meses de duras negociaciones entre la Unión de Centro Democrático (UCD) y el PSOE, los dos partidos mayoritarios en ese momento a nivel nacional, en junio de 1981. Pero la tramitación parlamentaria del mismo habría de esperar, ya que, a las complicaciones territoriales ya mencionadas, se sumó la convocatoria de elecciones generales anticipadas en octubre de 1982. Finalmente, el 22 de febrero de 1983 se aprobó en el Congreso el Estatuto de Autonomía de Castilla y León –el último que se aprobaría en España– con 208 votos favorables, 100 abstenciones, cuatro votos contrarios y dos nulos.
El Estatuto actualmente consta de un preámbulo, 7 títulos -que albergan 91 artículos-, 3 disposiciones adicionales, 3 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y una disposición final. Ha vivido tres grandes reformas a lo largo de su historia tras su aprobación en febrero de 1983: la de 1994, en la que se asumieron algunas competencias a mayores para la comunidad, la de 1999, que entre otros aspectos incluía la posibilidad de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, y la última de 2007 que reconocía a Castilla y León como "comunidad histórica y cultural reconocida". Además, esta reforma incluía una protección de la lengua leonesa y del gallego en aquellos lugares donde se utilicen.
El actual Título I alberga un catálogo de derechos de los ciudadanos de Castilla y León y define los principios rectores que deben orientar las políticas públicas de la comunidad. El Título II regula las funciones de las Cortes, del Presidente y de la Junta de Castilla y León. El Título III versa sobre la organización territorial de la comunidad y en esta última reforma dio impulso a la autonomía local, además de reconocer la singularidad de ciertas zonas como la ya mencionada Comarca del Bierzo. El Título IV regula las relaciones de Castilla y León con las instituciones estatales y con otras comunidades autónomas y el V perfila algunas nuevas competencias autonómicas, como la posibilidad de crear una policía autonómica o cuestiones relativas a la gestión del agua.
Más de 39 años después, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León –el que puso el cierre a la configuración del Estado autonómico en España en febrero de 1983– sigue plenamente vigente y continúa sobreponiéndose a esas tensiones y dificultades internas territoriales, que dificultaron su aprobación hace casi cuatro décadas, con el mismo éxito que entonces.