El Boletín Oficial de Castilla y León -Bocyl- publica hoy la Orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que convoca subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF- y sobre Sociedades. La finalidad de estas ayudas es atender fines sociales en Castilla y León.
Los nueve ámbitos de las líneas de subvención que recoge la convocatoria son promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género; inclusión social; infancia; familia y conciliación de la vida personal, familiar y laboral; personas con discapacidad; personas mayores; drogodependencias y otros trastornos adictivos; voluntariado y juventud.
Podrán optar a esta línea las entidades del Tercer Sector de Acción Social que desarrollen las acciones subvencionables establecidos en los anexos de la convocatoria en el ámbito de la Comunidad, siempre y cuando reúnan los requisitos previstos en las bases reguladoras.
Los programas subvencionables deberán estar dirigidos a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social o a cubrir las necesidades específicas de asistencia de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otra situación de especial vulnerabilidad. También deberán ser desarrollados íntegramente en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
Dichas actuaciones deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. No obstante, las entidades facilitarán las fechas exactas y concretas en que se ha programado la realización de dichas actuaciones, dentro del periodo indicado.
Cuantía y plazos
En lo que respecta a la cuantía que se destina a estas subvenciones, asciende a 20.348.323,04 euros, que se concederán con cargo al Presupuesto General de la Comunidad para 2021, que ha sido prorrogado.
Con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, se podrá añadir a la financiación descrita una cuantía adicional por importe no superior al 10 % del total. La efectividad de dicha cuantía queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.
Estas subvenciones serán compatibles de forma general con la obtención de ayudas, ingresos o recursos de otras entidades que se destinen a financiar las actividades subvencionadas.
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 28 de julio de 2022 incluido y se presentarán, junto con la documentación especificada en la Orden, según el modelo normalizado que está disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad. En la solicitud deberá especificarse la línea de subvención a la que va dirigida, así como la relación de programas solicitados.