Los castellanos y leoneses que trabajen el día de las elecciones municipales del próximo 28 de mayo en Castilla y León dispondrán en su horario laboral de hasta cuatro horas libres retribuidas para votar. Así se contempla en la orden a este respecto publicada este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), con las normas sobre el funcinamiento de la jornada de votación.

Además, las personas que residan lejos de su domicilio habitual o en condiciones que les supongan una dificultad para ejercer su derecho al voto, contarán con cuatro horas libres para llevar a cabo la solicitud de certificación con la acreditación de su inscripición en el censo electoral.

Por otro lado, los trabajadores por cuenta ajena y el personal al servicio de las administraciones que sean nombrados presidente o vocal de una mesa electoral, y los que acrediten que son interventores, cuentan durante el día de la votación con un permiso retribuido de jornada completa, si no coincide con el día de descanso semanal, y con una reducción de de cinco horas de su jornada al día siguiente de los comicios.

Aquellos trabajadores que acrediten que son apoderados durante el día de las elecciones contarán con el derecho a un permiso pagado durante la jornada si no es el de su descanso semanal.

Empleados públicos

Los empleados públicos de la Junta que sean designados presidentes, vocales o interventores de alguna mesa electoral en las elecciones municipales del próximo 28 de mayo tendrán derecho durante esa joranada a un permiso retribuido de jornada completa. Así se desprende de la orden publicada este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), firmada por el consejero de la Presidencia, Jesús Julio Carnero.

Ese permiso retribuido se producirá en el caso de que el empleado público en cuestión no disfrute en tal fecha del descanso semanal y tendrá derecho, además, a una reducción de cinco horas de su jornada laboral el día siguiente de la celebración de los comicios.

Además, los empleados públicos de la Junta que sean candidatos en las elecciones serán dispensados de la prestación del servicio durante el tiempo que dura la campaña electoral. Los que sean apoderados tendrán un permiso pagado durante ese día si no es el de su descanso semanal.

En la orden publicada este lunes se contempla que los distintos organismos autónomos y consejerías de la Junta adoptarán "las medidas necesarias" para que los empleados públicos cuenten con un permiso de hasta cuatro horas para ejercer su derecho al voto. Cuando el empleado cuente con jornada reducida, la reducción será proporcional al permiso.

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