La Junta Electoral Central ha desestimado este jueves la petición del PSOE para sancionar al portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo, y al director de comunicación, Julio López, a los que los socialistas acusaban de llevar a cabo un "uso partidista" del Cosnejo de Gobierno. La Junta Electoral, en una resolución a la que ha tenido acceso este medio, asegura que la solicitud de los socialistas tiene una "inconsistencia material" y que están acreditadas "infracciones concretas".
En concreto, el órgano señala que las declaraciones de Cariedo tras el Consejo de Gobierno cuentan con "un grado de contención suficiente" y concluye que "no se ha vulnerado el principio de neutralidad institucional". Además, asegura que las notas de prensa posteriores al Consejo de Gobierno no albergan alusiones a las mejoras para los vecinosd e los acuerdos adoptados y, por tanto, no se encuentran "contaminadas" ni se han convertido en "una campaña de logros".
Por este motivo, la Junta Electoral Central ha sostenido que no procede la adopción de ningún tipo de medida ni contra el director de comunicación ni contra el portavoz, Carlos Fernández Carriedo, desestimando la solicitud del PSOE.
La solicitud de sanción del PSOE
Los socialistas habían presentado una solicitud firmada por el secretario de Organización, Santos Cerdán, en la que se denunciaban "acciones de venta de logros y gestión" usando "herramientas de comunicación de titularidad pública, en relación a una serie de declaraciones y notas de prensa posteriores al Consejo de Gobierno.
El PSOE consideraba que se había vulnerado el artículo 50 de la LOREG y el del principio de igualdad de los actores electorales, recogido en el artículo 8.1 de la Ley, y que se había incidido "de manera directa" en el sentido de voto de los electores. Una petición que, finalmente, ha sido desestimada por la Junta Electoral Central.