Un nuevo varapalo judicial azota a la Junta de Castilla y León. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad, por sentencia del 20 de junio de este mismo año, ha anulado el Plan de Mejora de Calidad del Aire por Ozono Troposférico, que había sido aprobado por Acuerdo 138/2021, del 16 de diciembre. La Sala cree que hay una disconformidad con el ordenamiento jurídico, según han dado a conocer desde Ecologistas en Acción, e invita al Ejecutivo autonómico a desarrollar un nuevo Plan en los términos que el escrito judicial marca en un plazo de seis meses desde su firmeza.
Ecologistas en Acción recuerda que el Gobierno de Castilla y León había aprobado dicho Plan de Calidad del Aire "obligado por las sentencias previas de 2018" del TSJCyL y 2020 del Tribunal Supremo, dado que se había "inclumplido" desde 2010 los objetivos legales que se habían marcado para la protección de la salud y de la vegetación en ocho de las 15 zonas en las que está dividida la Comunidad a efectos de gestionar y evaluar la calidad del aire.
En 2020, el TS ya emitió la "obligación" de elaborar los planes y programas con el objetivo de proteger la atmósfera y para minimizar los efectos negativos que provoca la contaminación y aclaró que ésta "no está vinculada a la previa elaboración por el Estado de los Planes respectivos", que corresponden a las comunidades autónomas. "Demostrando la coartada de la falta de un Plan Nacional utilizada por la Junta para excusar su negligencia reiterada", han denunciado los activistas.
Asimismo, ponen de manifiesto que la reciente sentencia parte de que la "zonificación de evaluación del ozono para la protección de la salud en Castilla y León cuenta con cuatro aglomeraciones y ocho zonas" y en lo que respecta a estipular las zonas para la protección de la vegetación, se ha "dividido el territorio en tres zonas". Todo ello teniendo en cuenta que según la Ley 34/2007, la definición de zona para la calidad del aire corresponde a la parte del territorio "delimitada por la Administración competente para la evaluación y gestión de la calidad del aire".
De esta manera, las zonas que presentan incumplimientos legales en los que la Junta está obligada a elaborar los nuevos planes de calidad del aire por ozono son las aglomeraciones de Valladolid y Salamanca, Montaña Sur, Duero Norte, Valle del Tiétar y Alberche, Duero Sur, sierra de la Demanda y Soria, para proteger la salud, y la zona Este y Sur de la Comunidad, para la protección de la vegetación, comprendiendo una superficie total de 75.000 kilómetros cuadrados y alrededor de 1,7 millones de habitantes.
Eso sí, Ecologistas en Acción ha matizado que con el objetivo de "aparentar el cumplimiento del primer fallo", el Gobierno regional ya aprobó en 2021 un Plan único, "sin especificar para cada zona las fuentes de emisión, los objetivos cuantificados de reducción de niveles de contaminación y las medidas y proyectos de mejora", así como la estimación de la mejora de la calidad del aire que se espera lograr, el calendario de aplicación y el plazo previsto para alcanzar las metas marcadas.
La falta de "concreción" del diagnóstico, las medidas a adoptar y los objetivos en las ocho zonas de la Comunidad donde se han "incumplido" las pautas legales establecidas para el ozono desemboca en la anulación del acuerdo de la Junta, poniendo así de "manifiesto" que el Plan de Calidad del Aire es un "documento vacuo", denuncian en Ecologistas en Acción, que añaden que está "carente de contenido real y sin viso alguno de eficacia".
La sentencia, de la que deberá hacerse cargo las costas la Junta y contra la que aún cabe recurso de casación ante el Supremo, supone un "precedente judicial" que condiciona el contenido de los planes de calidad del aire por ozono en elaboración de Baleares, Andalucía, Baleares, Cataluña, Murcia, Comunitat Valenciana, Madrid y Navarra. Además, recalcan que otras comunidades como País Vasco, Aragón y Castilla-La Mancha no han iniciado la redacción de sus planes de ozono.