El Consejo de Ministros ha declarado este lunes como zona gravemente afectada por emergencia de protección civil a un total de 28 comarcas que se han visto afectadas por la DANA y las lluvias torrenciales de principios del mes de septiembre, entre ellas varias de Castilla y León. También ha afectado a zonas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, Comunidad de Madrid y Región de Murcia.
La DANA provocó fuertes precipitaciones persistentes, generalizadas y que en algunos puntos llegaron a ser de extremada fuerza desde la madrugada del día 2 de septiembre, llegando a causar la muerte de ocho personas y grandes incidencias en casi todas las provincias de las comunidades autónomas que se vieron afectadas.
Las lluvias torrenciales llevaron además a que se dieran inundaciones en calles, en bajos, garajes y carreteras, además de desprendimientos, cortes puntuales de electricidad y problemas de circulación de trenes, además de numerosos daños en infraestructuras y en bienes, en cultivos y explotaciones agropecuarias, en polígonos industriales y en otras instalaciones productivas.
La decisión del Consejo de Ministros da luz verde a que los afectados por estas emergencias puedan pedir las ayudas previstas para paliar los daños personales; los daños materiales en las vivienda y enseres y también en establecimientos industriales y mercantiles.
Estas ayudas son concedidas con apoyo en el principio de solidaridad interterritorial y también de manera subsidiaria, con el objetivo de complementar las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, pueden ejercer las comunidades.
Ayudas directas
Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:
• Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
• Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.
• Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
• Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.
• Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.
• Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
• Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
• Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
• Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.
• El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
Otras medidas
• Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
• Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
• Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
• Daños en infraestructuras públicas y dominio público: los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.
• Es importante señalar que las ayudas por daños en explotaciones agrarias no están recogidas en este acuerdo, pues están cubiertos por un sistema propio de aseguramiento, como es el Sistema de Seguros Agrarios Combinado, que se ha ido ampliando progresivamente, para cubrir, incluso, infraestructuras, y que permite atender las necesidades del sector agrario ante este tipo de catástrofes naturales. Lo que sí prevé el acuerdo es la disminución de los módulos de IRPF para los afectados por este tipo de daños.