La Junta de Castilla y León se regirá por un nuevo protocolo interno en defensa de sus competencias ante la aprobación por el Gobierno central de normas con rango de ley que puedan invadir sus funciones de autogobierno, en cuyo texto se recogen los pasos y plazos de la negociación con el Estado antes de interponer un recurso de inconstitucionalidad.

El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, afirmó en la presentación de su programa de legislatura en las Cortes que, hasta ahora, la mayoría de las reuniones de la Subcomisión de Solución de Conflictos se han producido a instancia del Estado, no de la Comunidad, por lo que avanzó que serán “más proactivos”. De manera gráfica, advirtió de que dejarán de “jugar a la defensiva para pasar a jugar al ataque en defensa de las competencias estatutarias”.

Esa aseveración se materializa ahora en el protocolo de actuación de la Administración Autonómica para la cooperación y entendimiento con el Estado para evitar el litigio constitucional en normas de rango de ley, que se prevé aprobar en breve, al que ha tenido acceso Ical.

Así, en el inicio del procedimiento, ante motivos fundados de una Consejería sobre la posible colisión de una norma estatal con sus competencias, toma protagonismo la Dirección General de Servicios Institucionales, que será la encargada de convocar el grupo de trabajo interdepartamental que valorará si es aconsejable iniciar la negociación en el plazo de diez días tal y como prevé la Ley del Tribunal Constitucional.

“Lo más deseable, por largo y costoso, es que se llegue a un acuerdo”, afirma la directora general de Relaciones Institucionales, Irene Muñoz, que reconoce el mandato a las consejerías de ser “más proactivos en la vigilancia” de las normas que apruebe el Estado, pero también señala la función de prevención y resolución extraprocesal a través de este protocolo para evitar el recurso de inconstitucionalidad.

Muñoz explica que antes cada Consejería actuaba por su cuenta en caso de ver una colisión a sus competencias pero ahora se trata de regular esta actuación de una manera integrada y de “que todo tenga un cauce”. No obstante, afirma que no se trata de presentar más recursos, en el marco de esa “proactividad”, sino de ordenar este proceso interno con “más garantías” y “coordinación”.

La directora general reconoce que este protocolo se podría haber inaugurado con la presentación de un recurso a la ley de vivienda, si bien la Junta decidió adherirse a los presentados por el PP y Andalucía, Madrid, Baleares y el Parlamento catalán, aunque el PSOE denunció que no lo hizo por que se les pasó el plazo.

Procedimiento

Según recoge el protocolo, si una Consejería ve “motivos fundados” para interponer un recurso contra leyes del Estado que puedan afectar a su marco competencial, podrá constituir un grupo de trabajo que elaborará un informe competencial. En el plazo de un mes se remitirá ese informe al secretario de la Junta en la Subcomisión y Solución de Conflictos.

La Dirección General de Relaciones Institucionales, como departamento que ostenta la presidencia, convocará la reunión del grupo de trabajo interdepartamental, formado por las consejerías afectadas y el titular de la Dirección de los Servicios Jurídicos. En el plazo de diez días, considerará si es aconsejable iniciar la negociación en la Comisión Bilateral de Cooperación Estado-Comunidad Autónoma.

Entonces, el titular de la Consejería de la Presidencia remitirá la invitación a la Administración Central para iniciar la negociación en la que se incorporará la propuesta de acuerdo de la Subcomisión de Prevención y Solución de Conflictos, elaborada por el grupo interdepartamental.

En caso de que el Estado acepte la invitación a participar en la negociación, se inicia el procedimiento. En el plazo de tres meses desde la publicación de la ley, el titular de la Consejería de la Presidencia pondrá en conocimiento del Tribunal Constitucional el acuerdo adoptado en la Subcomisión de Prevención y Solución de Conflictos.

De existir acuerdo total o parcial se cierran las discrepancias y, una vez firmado por el consejero de la Presidencia y el titular del ministerio correspondiente, se publica de forma simultánea en el Bocyl y en el BOE.

De no existir acuerdo y decidir la presentación de un recurso por la Comunidad, para lo que existe un plazo de nueve meses desde la publicación de la ley, se recabará la propuesta del consejero competente en la materia, informe jurídico preceptivo que debe emitir en cinco días la Dirección de los Servicios Jurídicos y el dictamen preceptivo del Consejo Consultivo de Castilla y León, que deberá enviar en diez días a la Junta.

El acuerdo para presentar un recurso se tramitará ante el Consejo de Gobierno antes del vencimiento de los nueve meses previstos. La Dirección General de los Servicios Jurídicos será finalmente la que interponga el recurso contra la ley, disposición o acto con fuerza de ley controvertida mediante escrito en el Registro del Tribunal Constitucional.