Un bombero forestal en un incendio de Burgos

Un bombero forestal en un incendio de Burgos EFE

Región

CSIF celebra la aprobación de las leyes básicas de bomberos forestales y agentes medioambientales

Piden que el Senado las tramite ahora de manera urgente para ver la luz antes de septiembre

24 julio, 2024 14:46

El Pleno del Congreso de los Diputados de ayer martes 23 ha aprobado los proyectos de Ley Básica de Bomberos y bomberas Forestales, y el de los Agentes Forestales. Queda pendiente de que el Senado ratifique el texto de forma definitiva y en el menor plazo posible para que vean la luz antes del siguiente periodo de sesiones, en el mes de septiembre.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) -sindicato más representativo en las administraciones públicas- envió a todos los grupos parlamentarios una serie de aportaciones relativas a aquellos aspectos que nos parecían importantes para mejorar estas leyes para que cumpliera con el objetivo de establecer un marco regulador de funciones y de contratación para todo el personal.

En el caso de los bomberos forestales, estas aportaciones se han visto reflejadas en mejoras como la extensión de la aplicación de los coeficientes de la edad de jubilación, la definición de modo más claro como personal vinculado a las emergencias y la normativa del Sistema Nacional de Protección civil, que se definan mejor nuestras competencias profesionales, la aplicación plena de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. También se toman medidas en materia de igualdad de género, así como defensa hacia un modelo de gestión de los dispositivos público.

Cuestiones como la necesaria limitación de los tiempos de trabajo, el reconocimiento de las enfermedades profesionales y el modo valorar la cobertura de los coeficientes reductores de la edad de jubilación se regularán de modo concreto y específico en el plazo de un año tras la entrada en vigor de la Ley.

Nos hubiera gustado una mayor definición en muchas de las mejoras mencionadas. La adaptación de puestos de trabajo en caso de posibles limitaciones de salud, una mayor regulación de las empresas que puedan contratar estos servicios, las modalidades de contratación y la nula necesidad de crear un reglamento específico en materia de PRL para esta actividad, son algunas de las carencias que detectamos en el texto.

 

No obstante, tras el largo periplo que arrastramos en este colectivo para lograr un marco legislativo de aplicación a todo el personal que realiza estas funciones, que se remonta al año 2014, no podemos dejar de valorar positivamente la norma, dado que se consigue sentar las bases en muchos aspectos normativos para que a partir de su publicación en el BOE, se puedan desarrollar otros elementos, como la clasificación profesional, capacitación, contratación, formación, adaptaciones del puesto de trabajo, y avances en la correcta e íntegra aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales.

A pesar de creer firmemente que se podía haber concretado más cada una de estas materias, la prioridad ahora es conseguir que el Senado pueda tramitarlo por la vía de urgencia y ver publicada la Ley Básica antes del siguiente periodo de sesiones. 

El colectivo de Bomberas y Bomberos Forestales llevamos casi una década luchando por ver una norma específica de aplicación a nuestra labor y llegados a este punto, se hace urgente la necesidad de que sea aprobada en este proceso sin más dilación.

Es de justicia y una exigencia imperiosa de las más de veinte mil profesionales que nos dedicamos con abnegación a esta labor de prevenir y extinguir incendios forestales.

Ley de Agentes forestales

En el caso de la Ley básica de Agentes Forestales, esta norma viene a unificar las funciones que desarrollan estos funcionarios que son principalmente las de policía, custodia y vigilancia de los bienes forestales y medioambientales, colaboración en la gestión forestal, así como la intervención en emergencias ocurridas en el medio natural, como puedan ser los incendios forestales.

Asimismo, la Ley determinará sus facultades para desempeñar su comentario profesional, garantizando con ello seguridad jurídica; refuerza la condición de agente de la autoridad y policía judicial en sentido genérico.

Por último, regula aspectos como la uniformidad, acreditación, vehículos, prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo; así como el régimen de jubilación mediante coeficientes reductores.