La guerra de Vox contra el colectivo LGTBI vuelve a escena. Para el portavoz del partido en Castilla y León, Juan García-Gallardo, el "lobby LGTB ha colonizado también el poder judicial". Y es que el Tribunal Supremo ha avalado la colocación de la bandera arcoíris en edificios públicos en el Día del Orgullo Gay.
Lo hace después de estimar el recurso de la Diputación de Valladolid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TJSCyL), que consideró en su día que este símbolo "vulnera la exigible neutralidad" de la institución provincial.
Sin embargo, el Supremo considera que "no es un símbolo partidista". Gallardo, en relación a todo esto, apunta que el "verdadero totalitarismo, que es el de las agendas globales, continúa su avance mientras el establishment mediático sigue intentando convencerte de que la amenaza es la 'ultraderecha'".
Algo que para el líder del partido de Santiago Abascal en Castilla y León es "demencial".
Mientras tanto, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha considerado que la colocación de esta bandera, con motivo del Día del Orgullo Gay el 28 de junio, no infringe la Ley 39/1981. Todo nace del recurso interpuesto por la Diputación de Valladolid contra la decisión del TSJCyL.
Asimismo, también responde a otro interpuesto por Abogados Cristianos contra el TSJ aragonés que avaló la colocación de la bandera en el Ayuntamiento de Zaragoza. La Sala aprecia contradicción entre la sentencia condenatoria del TSJCyL y absolutoria del TSJ de Aragón.
Dicha ley cabe resaltar que regula la utilización de la bandera de España y otras banderas y enseñas. Así, la Sala considera que no se infringe la misma, pero tampoco "los principios de objetividad y de neutralidad de las Administraciones Públicas".
En este sentido, no aprecia impedimento para que se exhibiera la bandera LGTBI al entender que "ni se colocó para sustituir o subordinar a ella las banderas y enseñas oficiales".
De la misma manera, para la Sala no es "un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna ningún tipo de enfrentamiento". Además, incide en que es al contrario y se "proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea".
Dichos recursos de casación, presentados por ambas instituciones, se resolvieron el pasado 19 de noviembre.