Las empresas de Castilla y León han presentado ya 32.002 expedientes de regulación temporal de empleo, ERTEs, derivados de la crisis por el COVID-19, que dejan 178.964 trabajadores afectados en la Comunidad. 

León es la segunda provincia con mayor número de ERTEs de la Comunidad, por detrás de Valladolid, con un total de 6.1.35 expedientes. Los trabajadores leoneses afectados suman 21.489, según los datos de este lunes, 20 de abril. 



A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:

Provincia ERTEs Trabajadores afectados
Ávila 1.906 7.299
Burgos 4.976 33.108
León 6.135 21.489
Palencia 1.732 8.574
Salamanca 4.148 13.411
Segovia 2.130 9.653
Soria 1.229 7.104
Valladolid 7.023 31.142
Zamora 2.116 7.462
Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales 566 39.170
Ministerio de Trabajo y Economía Social 41 552
Castilla y León 32.002 178.964

La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse aquí  Enlace a la información actualizada sobre ERTES   

NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:

- Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.

- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.

- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.