La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha elevado a 13 años la pena para un hombre por tratar de asesinar en León a su esposa en presencia de su hija menor de edad.
Este suceso tuvo lugar en 2018, donde este hombre, T., entró en el domicilio de ambas con el propósito de matar a la mujer, E., con una navaja de 16 centímetros. Inicialmente le rajó el cuello y le propinó varias puñaladas. La hija trató de apartarlo, recibiendo varias patadas en pecho y abdomen. Ambas escaparon de la vivienda a lo que el acusado alcanzó a su esposa y le golpeó repetidamente la cabeza hasta desistir por la presencia de un vecino.
La Audiencia Provincial de León condenó a T. como autor de un asesinato en grado de tentativa, con el agravante de parentesco y género, a 7 años y 11 meses de prisión, además de otro delito de menor gravedad de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica y por el que se le impuso una pena de 8 meses de prisión; con una sentencia total de 8 años y siete meses de prisión.
A esta sentencia, madre y su hija han presentado un recurso de apelación a dicha sentencia. De esta manera, han solicitado 14 años de prisión, así como el resto de las peticiones de alejamiento e indemnizaciones para el acusado.
Por su parte, el TSJ ha fallado en su favor casi totalmente, dejando así una condena de 13 años de prisión, así como el resto de las peticiones judiciales, el pasado 11 de julio.
Las peticiones son, para la víctima E. a la que trató de matar, la prohibición por un periodo de 18 años de acercarse a menos de 500 metros de ella o los lugares que frecuenta además de cualquier tipo de comunicación con la susodicha. También por el grado de las lesiones y secuelas físicas y psicológicas se le indemnizará con 67.246,91 euros.
También a la otra parte de la acusación F, se le aplica por tres años la prohibición de estar a 500 metros de ella o los lugares que frecuente, y todo tipo de comunicación. Asimismo. por las secuelas se la indemniza con la cantidad de 7.041,37 euros.
Se le impone también la prohibición de portar armas por tres años, además de indemnizar al Sacyl con 7.609,18 euros por las lesiones acusadas; además de pagar las costas procesales de la acusación.
Antecedentes de caso
El 20 de septiembre del pasado 2018, T. se dirigió al domicilio de ambas mujeres, portando navaja de 16 cm. Éste entró con las llaves que poseía y se dirigió al dormitorio de su esposa, de la que estaba separado, y le rajó el cuello con la navaja, además de propinarle diversas puñaladas. La menor entró a la habitación, alertada por los gritos de su madre, al tratar de apartarlo de su madre recibió varias patadas en pecho y abdomen.
Tras varios forcejeos, lograron zafarse y encerrar al agresor. F., la menor, salió del domicilio y con ella la mujer, E. a la que alcanzó el acusado tratando de inmovilizarla para apuñalarla en el pecho. No lo consiguió tras arrebatarle la menor la navaja. A esto, comenzó a golpear la cabeza de su esposa contra el bordillo, al grito de "yo ya estoy jodido, te voy a matar hija de puta".
Gracias a los médicos no pudo cumplir su propósito de asesinarla. Sin embargo, la mujer presentaba heridas en ambas mejillas, labio inferior, región cervical anterior, tórax, axila izquierda y dorso de la mano izquierda. El tiempo de curación de las lesiones fue de 140 días de los cuales 5 días fueron muy graves, 1 días grave,115 días de perjuicio moderado y 19 días de perjuicio básico, quedando como secuelas motoras y sensitivo-motoras de origen periférico, miembro superior, parestesias de partes acras y secuelas por trastorno por estrés traumático grave, y perjuicio estético importante consistente en cicatrices faciales y cervicales muy visibles.
Por su parte, la menor tuvo una contusión abdominal, heridas en las manos y necesidad de apoyo y acompañamiento psicológico en la Oficina de Atención a Víctimas por el suceso.
El acusado entró en prisión provisional desde el 21 de septiembre de 2018. El día 16 de octubre de ese mismo año se acordó una orden de protección a las víctimas, continuando T. en prisión provisional. Por esta misma razón, si el estatus del agresor cambiara a libertad provisional, se denota una orden de alejamiento de 1.000 metros de ellas y lugares que frecuenten y prohíbe la comunicación de cualquier tipo con ellas.
Por su parte T. es un toxicómano de larga duración. Comenzó a consumir heroína a los 16 años, cocaína a los 15 años; cannabis y alcohol a los 14 años de edad. En las muestras tomadas, se dio positivo en alcohol, cocaína y cannabis. Se atribuye además que estaba en plenas facultades cuando ocurrieron los hechos.