El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de la Audiencia Provincial de León a un hombre por abusar sexualmente durante meses de la hija de 10 años de su prima en la casa de su abuela. En primera instancia se le interpuso nueve años y un día de prisión, así como la obligación de pagar una indemnización de 30.000 euros a la víctima y la prohibición de acercarse a la misma a menos de 200 metros durante 12 años. Igualmente, tras el cumplimento de la pena, deberá someterse a siete años de libertad vigilada.
Los hechos se remontan a los meses que van de enero a julio de 2011, cuando el acusado, nacido en 1193, abusó sexualmente de la hija de su prima, nacida en el año 2000 y por aquel entonces de 10 años, cuando acudía a casa de su abuela, situada en León.
Con carácter semanal, según relata la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, el acusado aprovechaba momentos en los que se quedaba solo con la víctima para satisfacer sus deseos sexuales, llegando a besar a la menor, así como a tocarle los pechos e introducir los dedos y el pene en su vagina, a pesar de que esta le mostrase su rechazo y asegurase que le daba "asco".
Ante estas reticencias, el condenado aseguraba que si contaba estos hechos a algún familiar, "los iban a matar". De esta manera, lograba coaccionar a la niña para que no diese a conocer lo sucedido. Sin embargo, en julio de 2011 el hombre fue denunciado por un delito de maltrato en el ámbito familiar por su propia madre, por el que fue condenado a una orden de alejamiento sobre su progenitora y tuvo que abandonar el domicilio de la misma.
La víctima tuvo que ser sometida a tratamiento psicológico a partir del año 2013, sin que estos hechos fueron puestos en conocimiento de sus familiares. No obstante, en 2014 dio el paso de contárselo a su madre, aunque no fue hasta 2019, cuando se sentía plenamente preparada para afrontar las consecuencias que conllevaba poner en conocimiento de la autoridad judicial los hechos, cuando decidió denunciar.
De esta manera, tras ser condenado en primera instancia a las penas anteriormente mencionadas, el TSJCyL ha confirmado las mismas después del recurso interpuesto por el condenado.