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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rechazado el recurso de A.M.B., condenado por el crimen de Obispo Almarcha a 25 años de cárcel, y no aplicará las atenuantes que solicitaba, además de la eliminación de las agravantes de alevosía y ensañamiento.

Contra la sentencia de primera instancia, dictada tras ser declarado culpable por el jurado popular, el condenado presentó recurso al entender que existía una "causa de atenuación de responsabilidad" y rechazaba las agravantes de ensañamiento y alevosía.

Sin embargo, el TSJCyL ha rechazo su recurso y, además, según la sentencia a la que ha podido acceder este medio, precisan en el escrito presentado por la defensa del condenado una "defectuosa formulación".

A.M.B. fue condenado a 25 años y cuatro meses de cárcel por asestar 52 puñaladas a su casera en la calle Obispo Almarcha de León, al inicio de la pandemia de la Covid-19. Pena que le fue impuesta al considerarle culpable de los delitos de asesinato con ensañamiento y alevosía y robo con violencia.

En la condena de primera instancia también se le impuso una indemnización de más de 108.000 euros para los hijos y la pareja de la víctima.

A.M.B. utilizó en el momento de los hechos una navaja o cuchillo de al menos 2,5 centímetros de ancho y de longitud desconocida. No fue hasta febrero de 2022 cuando fue detenido, dos años después de los hechos, tras comprobarse que su ADN coincidía en el de las muestras de sangre recogidas en el lugar de los hechos.

En ese momento, reconoció haber apuñalado hasta en dos ocasiones a la mujer, de 65 años, y aclaró que no recordaba el resto de lo sucedido.

Admitió, además, que había perdido los nervios tras discutir previamente con su casera, pues, según su versión, le había amenazado con "tirarle del piso" que le tenía alquilado.