El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha absuelto al hombre condenado por la Audiencia Provincial de Palencia por un delito de agresión continuada a un menor de 16 años. La sentencia inicial, emitida el 28 de diciembre de 2023, imponía al acusado una pena de dos años y medio de prisión, la prohibición de acercarse a la supuesta víctima durante 14 años y el pago de una indemnización de 8.000 euros.

Sin embargo, el TSJCyL ha revisado la sentencia tras evaluar un recurso presentado por la defensa del acusado, concluyendo que hubo un error en la valoración de una prueba, concretamente en la testifical del menor, la única prueba que sustentaba la condena inicial.

El TSJCyL ha modificado los hechos probados de la sentencia anterior, habiendo realizado varios cambios significativos en la narración de los mismos. En su nuevo relato, se reconoce la relación de amistad y confianza que existía entre el acusado y los padres del menor, así como la proximidad entre ambos. Una relación que "se hizo más intensa" cuando los dos menores se quedaron huérfanos de padre en el año 2020. La nueva sentencia describe que era habitual que el acusado realizara excursiones con los niños y que en dos o tres ocasiones, su hermana y el joven durmieran en su casa.

Según la nueva valoración de los hechos, cuando los menores se quedaban en la casa del acusado, solían pedir dormir en la cama del dormitorio del acusado porque había una televisión, sin que se haya acreditado que el acusado durmiera con ellos o que bajara al salón para dormir en el sofá.

El tribunal también determinó que no se probó que el 20 de junio de 2021, a las 00:10 horas, el menor tomara una fotografía del pene del acusado mientras este dormía con el pantalón del pijama bajado, como se indicaba en la primera sentencia. Además, no se pudo verificar que las fotografías que se incluyeron en el expediente, en las que aparece un pene, correspondieran al acusado.

Tampoco se demostró que el acusado hubiese amenazado con atropellar al menor y a su familia para que no contara lo sucedido, una acusación que sí figuraba en la sentencia inicial.

Con esta nueva sentencia, el TSJCyL absuelve al acusado de todos los cargos, desestimando las pruebas presentadas como insuficientes para sustentar la condena y subrayando la falta de evidencia concluyente para mantener la acusación de agresión continuada.