Una mujer ha sido condenada en Palencia a un año y seis meses de cárcel por estafar a un amigo que contrató un préstamo en un establecimiento comercial para la compra de un ordenador de alta gama (más de 2.500 euros) para que se lo regalase a su hija. No obstante, la Audiencia Provincial la ha absuelto de otro delito por 36.000 euros que la víctima le había dejado en 2009 para afrontar un pago de una línea de crédito.
De este último ha sido absuelta penalmente al haber prescrito, aunque no le exime de una posible responsabilidad civil. También ha sido absuelta de unos préstamos que supuestamente su amigo le había hecho entre 2009 y 2018 que alcanzan los 30.000 euros al no haber sido acreditados ni por la acusación particular ni el Ministerio Fiscal.
En el caso del préstamo para la compra del ordenador, la Sala sí considera probado que se haya producido un delito de estafa, pues la mujer, aprovechando la amistad que le une con la víctima y conocida su condición de "confiado, débil y paciente", solicitó que contratase la financiación para el pago de este ordenador a sabiendas de que no iba a afrontar posteriormente las mensualidades que habían acordado.
En el relato de los hechos probados, se acordó que la víctima solicitase el préstamo a favor de la acusada para adquirir el ordenador, con la promesa de que la mujer se hiciera cargo del pago de 30 mensualidades a razón de 84,15 euros en cada una de ellas.
"Sin intención alguna de cumplir con dicho compromiso, se hizo con la posesión del ordenador sin abonar sus cuotas y con la finalidad de entregarlo como regalo a su hija", señala el relato de los hechos probados en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.
En su justificación, los magistrados señalan que se ha producido un "exceso de codicia", aprovechando la relación con el acusado para pedirle un ordenador que "no necesitaba y que era en realidad un 'lujo' que excedía de su capacidad económica, según ella admite, y lo hace con el fútbil motivo de un regalo para su hija". "Ni era necesario, ni era imprescindible, ni se justificaba en deuda alguna y la única finalidad era el artificioso motivo de no 'defraudar' la confianza de su hija", añaden.
Además de la pena privativa de libertad por estos hechos, se le ha impuesto una indemnización superior a los 2.500 euros en favor de la víctima, que corresponde a la cuantía que costó el ordenador en 2018, momento en el que sucedieron los hechos.