El Procurador del Común advierte "de irregularidades" en el padrón municipal
El equipo de gobierno habría estado informando de la necesidad de presentar autorización del propietario de la vivienda para empadronarse en la ciudad, no evitando la existencia de fraudes y dificultando el acceso al padrón a personas vulnerables, por lo que sugiere al Ayuntamiento la revisión de los formularios y la información ofrecida a la ciudadanía
En el mes de julio del pasado año este grupo municipal advirtió al Ayuntamiento de Salamanca que podría estar incumpliendo los requisitos necesarios para proceder a ciertas modificaciones en el padrón municipal, obligando a presentar documentación como si fuera imprescindible e incluso denegando acceso al registro de solicitudes que no acompañaran la misma, como la autorización del propietario en determinados casos, pudiendo llegar a vulnerar derechos de nuestros vecinos y vecinas, cuestión bien conocida desde hace años por organizaciones sociales de nuestra ciudad.
De este modo, se presentó una moción en la que se instaba al Alcalde a que modificar las instrucciones a los servicios municipales, para que se cumplieran fielmente las normas legales. De igual modo, se pedía que se cesara en el requerimiento de presentación de autorización de los propietarios de viviendas, informando de ser suficiente la autorización de quien ya estuviera empadronado en la vivienda y acreditara la posesión efectiva de la misma. Finalmente, se solicitaba que en los próximos planes de formación del personal se incluyera la atención específica a colectivos en situación de vulnerabilidad social, con especial atención a las personas extranjeras, siendo estas personas las más afectadas por las irregularidades advertidas en cuanto a la información ofrecida sobre los requisitos de empadronamiento.
El equipo de gobierno del PP, junto con el PSOE, rechazaron la moción y la existencia misma de irregularidad alguna, haciendo hincapié en la absoluta corrección de la información ofrecida por parte de los servicios municipales. Sin embargo, el Procurador del Común se ha pronunciado recientemente sobre esta cuestión, en resolución de 24 de febrero de 2017, indicando, en primer lugar, que solicitar la autorización del propietario/a para proceder al empadronamiento no es garantía de elusión de fraudes, si no todo lo contrario, puesto que los propietario no tienen por qué residir en la vivienda, advirtiendo que examinada la información y formularios municipales éste ha comprobado que podrían contener algunas menciones que “no se ajustan a las instrucciones técnicas”, observando “incorrecciones”, indicando que los modelos deberían estar homologados por la respectiva sección provincial del Consejo de Empadronamientos.
El Procurador del Común afirma además que el formulario de alta “recoge una distinción no prevista” en las normas, debiendo recoger, “como hace el modelo oficial”, la referencia a la autorización de la persona ya empadronada y especificar al dorso la documentación que debe aportar en dicho caso, lo que no sucede en la actualidad.
En relación al modelo y la información de la página web recuerda que se está informando de la necesidad de presentación de autorización del propietario de la vivienda, facilitando un formulario específico, no obstante, advierte que “igualmente, en este supuesto, debe exigirse la autorización de una persona empadronada en este domicilio que sea mayor de edad y que acredite la posesión efectiva de la vivienda.”
Sugerencias
Ante estas consideraciones el Procurador del Común realiza dos sugerencias: en primer lugar, que se exija en las solicitudes la autorización firmada de persona que figure empadronada y que disponga de algún tipo de título que acredite la posesión efectiva de la vivienda, como establece la normativa; en segundo lugar, que se revisen los formularios y la información facilitada en la página web, con el fin de ajustar su contenido a las Instrucciones Técnicas, recogidas en la Resolución de 30 de enero de 2015 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias en las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, cuya publicación se dispuso por Resolución de 16 de marzo de 2015 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia (BOE nº71, 24/03/2015).
No es la primera vez, que el Procurador del Común se pronuncia sobre la falta de obligación de presentar autorización del propietario de la vivienda a ciertos vecinos/as en nuestra región, no obstante, sí es la primera vez que lo hace en referencia expresa al Ayuntamiento de Salamanca.
Ganemos Salamanca solicita al gobierno municipal que acepte las sugerencias del Procurador del Común y modifique las instrucciones actuales emitidas al área de atención ciudadana y sustituya la autorización del propietario, como sugiere el Procurador, por la autorización de persona que ya figure empadronada, como se encuentra determinado legalmente, es más adecuado para la lucha contra el fraude y respeta mucho mejor los derechos de las personas vulnerables.