El gasto para permisos de paternidad se dispara
La Seguridad Social dedicó 5,7 millones de euros al pago de la prestación por maternidad y 1,5 a la de paternidad hasta septiembre de este año en la provincia de Salamanca, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Empleo.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social gestionó 1.099 prestaciones económicas por maternidad. Esta cifra indica un aumento del número de procesos del 7% con respecto al año anterior, mientras que la cantidad a desembolsar también subió, un 5%. Del conjunto de prestaciones reconocidas, la mayor parte corresponden a permisos disfrutados por la madre y veinticinco a permisos disfrutados por el padre.
La cuantía de esta prestación es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).
Además, el padre puede disfrutar del tiempo cedido por la madre al mismo tiempo que ella o a continuación, excepto en las seis primeras semanas de descanso obligatorio para la madre en caso de parto natural (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre). La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.
Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y, tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.
Paternidad
En cuanto al número de procesos por paternidad ha sido de 1.016, casi la misma cantidad que el año anterior, aunque con un coste un 20% superior, pues el permiso por paternidad se ha ampliado a cuatro semanas y a partir de julio a cinco al entrar en vigor los Presupuestos Generales del Estado para 2018.
El permiso por paternidad se ha ampliado hasta las cinco semanas, a las que se pueden sumar dos días más por cada hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto, adopción, acogimiento múltiples. No obstante, la última semana del período de descanso podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses siguientes a la fecha del nacimiento del hijo.
Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad. La cuantía del subsidio por paternidad es la misma que el importe del permiso por maternidad: 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes.