El Ayuntamiento de Salamanca ha presentado este martes, a través de su concejal de Economía y Hacienda Fernando Rodríguez, el Proyecto de Ordenanzas Reguladoras de los Tributos, Precios Públicos y Tarifas para el ejercicio 2020. Un texto que contempla la congelación de los cinco impuestos municipales y, con carácter general, las tasas, precios públicos y tarifas para el próximo ejercicio. A saber, el IBI, la plusvaís, el impuesto de actividades económicas, el impuesto sobre vehículos y el de construcciones y obras.
En palabras de Rodríguez, esto supone en el caso del IBI, “consolidar la rebaja del 5% que se aplicó recientemente”, lo mismo que en resto de impuestos. La congelación para 2020 es prácticamente general. Solo se exceptúan las tarifas de obligada actualización al IPC en cumplimiento de compromisos contractuales del Ayuntamiento, que se ajustan a la variación interanual del índice general del mes de agosto, que responde al 0,3% o del correspondiente a los servicios recreativos y deportivos para el mes de febrero, que se queda en un 0,1%, en el caso de las tarifas por el uso de las pistas de pádel.
De igual manera se ha producido una actualización en lo que se refiere al servicio de piscinas municipales, tras dirimir jurídicamente con la empresa concesionaria, que asciende al 3,9%. Según ha explicado el concejal de Economía y Hacienda, el Consistorio entendía que la tasa debía estar congelada, al igual que la subvención, durante la década que dura el contrato, aunque los servicios jurídicos municipales han dado la razón a la empresa, previa reclamación por escrito.
Junto a la congelación de tributos, precios públicos y tarifas, el Ayuntamiento de Salamanca mantiene los beneficios establecidos en las Ordenanzas para las familias, las personas con discapacidad, las personas mayores y quienes tienen menos recursos. A mayores, introduce un beneficio nuevo: la bonificación del 95% de la cuota del IBI para viviendas de alquiler limitado por una norma jurídica (VPO en alquiler).
El proyecto de ordenanzas contempla también medidas para favorecer principalmente a las personas mayores o dependientes. Así, se establece la no sujeción a la tasa por la prestación del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento en supuestos de apertura de domicilio o asistencias cuando hay riesgo para las personas (en la mayor parte de los casos son intervenciones que se producen en domicilio con personas mayores que viven solas, y que sufren algún accidente o enfermedad súbita).
También se adapta la Ordenanza de las Tarifas por la prestación de los Servicios de Ayuda a Domicilio, Comida a Domicilio y Teleasistencia al modelo común propuesto por la Junta de Castilla y León para los ayuntamientos, lo que conlleva la reducción de las tarifas para casi el 70% de los usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio; para cerca del 64% de los usuarios de la Comida a Domicilio; y para el 54% de los usuarios de la Teleasistencia.
Asimismo, con el objetivo de favorecer a las personas con discapacidad que, residiendo en los municipios del alfoz de la ciudad, acuden diariamente a Salamanca, se extiende a dichas personas la no sujeción al pago de la tasa de la ORA para estacionamiento de vehículos a motor, siempre y cuando posean la tarjeta expedida al efecto por el Ayuntamiento de Salamanca.
Finalmente, al efecto de aliviar la carga de las empresas constructoras, que al realizar obras de pequeña envergadura, no ocupan la vía pública con medio auxiliares (vallas, andamios) por tiempo superior a quince días, se ajusta el periodo mínimo de pago de la tasa correspondiente a la quincena.