Varapalo judicial al alcalde de Sotoserrano
El alcalde del PP en el municipio salmantino de Sotoserrano, Sebastián Requejo, ha recibido un “varapalo judicial” tras la sentencia emitida por el juzgado de lo penal número dos de Salamanca que desestima la denuncia presentada por el primer edil contra el portavoz del Grupo Socialista en el consistorio, Miguel Martín, en la que le acusaba de un delito de calumnia con publicidad y otro de injurias. Delitos que, según queda argumenta la resolución hecha pública por el PSOE, no se cometieron ni tuvieron lugar.
El juez absuelve al portavoz socialista considerando que las afirmaciones vertidas por el edil socialista a través de una nota de prensa que fue denunciada ante el juzgado por el alcalde, “no constituyen ningún delito de calumnia con publicidad ni de injuria contra la persona del alcalde”, tal y como pretendía con su denuncia Requejo, sino que “se ajustan a la legalidad y al derecho de libertad de expresión además de ser contempladas como parte de la labor y el trabajo político”, que el concejal socialista tiene obligación de ejercer como representante de los vecinos.
En la sentencia el juez estima, y deja claro en la argumentación de su resolución, que en la nota de prensa emitida por el portavoz socialista, y que fue considerada por el alcalde como injuriosa o calumniosa, no se desprende la comisión de delito alguno y “sin que por tanto resulte probado que en la conducta del acusado concurra el dolo específico, de difamar, vituperar o agraviar al querellante, pues como se infiere del resumen total de la nota de prensa, era una denuncia global que hacía el concejal como representante del partido de la oposición (PSOE), ante las quejas de los vecinos y falta de información por parte de la Alcaldía”,
A lo que el juez y la sentencia añade que en dicha nota de prensa, donde se recogían las afirmaciones que fueron consideradas como delictivas por el alcalde, siempre se dirigen a él como cargo público y hacia su gestión, “nunca se alude al mismo como persona particular o de su trabajo profesional al margen de la Alcaldía; considerando por tanto que por el contrario la finalidad perseguida, en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión, era una abierta crítica a la política y gestión del Alcalde al frente del Ayuntamiento de Sotoserrano, lo que excluiría el aspecto subjetivo de los tipos enjuiciados generando la antijuricidad de la conducta imputada al acusado y el amparo de su conducta en el legítimo ejercicio del derecho de la libertad de expresión”.
El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Sotoserrano ha manifiesta do además que estará “vigilante” para que las costas derivadas de este proceso judicial no sean cargadas ni atribuidas a las arcas municipales.