El Ayuntamiento de Guijuelo anunció la ayuda de 1.000 euros al mes al comercio y la hostelería debido a la crisis del coronavirus. Pues bien, ahora ha decidido adelantar la presentación de las solicitudes desde el 4 de mayo hasta el 30 de septiembre. 

Según comunican, la presentación podrá llevarse a cabo a través de la sede electrónica general guijuelo.sedeelectronica.es, así como en el correo electrónico ayudasayuntamiento@guijuelo.es y, una vez que las circunstancias los permitan, de forma presencial en las oficinas municipales. 

Para realizar correctamente la solicitud los interesados tendrán que presentar la documentación que se establece en las bases de la ayuda. Con esos documentos se acreditará la actividad de la empresa, el tiempo que se ha visto obligada a permanecer cerrada o la reducción de la facturación durante el estado de alarma que al menos tiene que haber supuesto una detracción del 40% con relación al mismo periodo del pasado ejercicio, del mismo modo tendrá que certificarse que la actividad se fija en el término de Guijuelo y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre otras.

En este sentido hay que recordar que las ayudas cuentan con 1.000 euros por cada mes completo, contado de fecha a fecha, para los autónomos o empresas del sector del comercio, la hostelería, la cultura y otros cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos. Para ello el Ayuntamiento de Guijuelo ha habilitado una partida de 300 mil euros, que atenderá las necesidades de las empresas y autónomos de Guijuelo por un periodo máximo de cinco meses, contados desde la fecha de publicación del Real Decreto del estado de alarma.

Para acceder a esta ayuda los beneficiarios tienen que comprometerse, entre otras cuestiones a mantener la actividad empresarial durante al menos 6 meses, desde la finalización del estado de alarma y sus prórrogas, así como a la justificación de la misma.

El pago de la subvención se realizará por meses vencidos y por el importe que a dicho periodo corresponda, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión.