El sector de transporte de Salamanca advierte, ante la reanudación de las Inspecciones Técnicas de Vehículos, del posible colapso de las mismas. Las ITV permanecen cerradas al público desde el pasado 17 de marzo acumulando más de tres millones de revisiones pendientes en España, lo cual dificulta la vuelta la normalidad tras el estado de alarma. Ante esta situación ambas organizaciones reclaman un nuevo calendario para pasar la ITV a todos estos vehículos que se extienda hasta el 30 de septiembre.
Ante este escenario, la Asociación de Empresarios Salmantinos de Transportes Discrecionales, AESTRADIS, se une a la patronal nacional de transporte CETM, en la creciente preocupación que existe entre los transportistas españoles para salir de España con la ITV de sus vehículos caducada, y la posibilidad más que evidente de que su renovación se prolongue en el tiempo. Por este motivo, han reclamado una aclaración a este respecto al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, institución desde la que se ha recibido esta respuesta:
“El Gobierno de España ha notificado oficialmente, a través de la Comisión Europea al resto de países, que las ITV de los vehículos españoles que vencieran durante el estado de alarma han quedado prorrogadas hasta el fin del mismo. De hecho, podrán encontrar las distintas medidas excepcionales adoptadas por los países de la Unión Europea en el siguiente enlace de la página web de la DGMOVE. En consecuencia, y aunque no haya ninguna medida común a nivel comunitario, desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo entienden que no habrá sanciones a vehículos españoles aunque no haya explícitamente nada al respecto.”
Por su parte AESBUS, a través de la nacional CONFEBUS, ha dirigido asimismo una consulta al Ministerio de Transportes, en estos términos:
“Tras la declaración del Estado de Alarma por RD 463/2020 de 14 de marzo 2020 las instalaciones de inspección técnicas de vehículos han quedado cerradas por alcance de su artículo 10 al no encontrarse incluidas en la relación de los establecimientos excepcionados lo que determina la imposibilidad de pasar inspecciones.
Por otra parte, la Disposición Adicional 4ª del mismo Real Decreto establece la suspensión de todos los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos durante el plazo de vigencia del estado de alarma.
En su virtud el Departamento de Viajeros entiende y así lo transmite a sus miembros, que los plazos de validez de las inspecciones están suspendidos reanudándose su cómputo en el punto en el que se encontraban, una vez que se alce la suspensión. No debe dejar de tenerse en cuenta que, de no entenderse así, un buen número de vehículos tendrían que ser retirados de la circulación o circular incumpliendo la normativa hasta que pudieran poder en orden su inspección al concluir el estado de alarma. Además, las estaciones de inspección sufrirían un colapso pues se acumularía en ellas de golpe un número inasumible de vehículos. Igualmente, por idéntica razón, podría resultar problemático el cumplimiento de los plazos de subsanación de defectos.
Se solicita, por lo tanto, que, de no entenderse suspendido el curso del plazo de validez de las inspecciones en los términos que han quedado expuestos, se establezcan moratorias tanto para su actualización como para la subsanación de los defectos que pudieran detectarse en las inspecciones.”