El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó, en sentencia emitida el 28 de octubre de 2020, la resolución dictada por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, por la que declara nula la adjudicación del contrato de mantenimiento de jardines a Eulen por parte del Ayuntamiento de Salamanca.
El TSJCyL desestima así los recursos contra dicha resolución presentados tanto por el Consistorio salmantino como por la empresa adjudicataria, y da la razón al TARCyL, que anuló la adjudicación del contrato de servicio de conservación, mantenimiento y mejora de los jardines y espacios verdes de Salamanca a Eulen por incumplir en su oferta la cláusula 19 del pliego de cláusulas administrativas particulares, tal y como figura en la sentencia.
En dicha cláusula, se especifica que la empresa adjudicataria deberá cumplir el Convenio Colectivo Estatal de Jardinería vigente para todos los trabajadores del contrato, situación que, según la resolución del TARCyL, ratificada por el TSJCyL, Eulen no cumple al figurar, dentro de los costes de personal adscrito al contrato, que 2,5 jornadas de oficiales de jardinería y diez de peones serían remuneradas conforme al convenio suscrito con Asprodes y no conforme al citado convenio estatal.
También en su resolución el TARCyL considera que la oferta de Eulen incumple la cláusula 25 del PCAP, al prever la subcontratación de personal de Asprodes, por lo que debería haber obtenido cero puntos en el criterio de adjudicación previsto en la cláusula 11 del PCAP relativa a la contratación de personal considerando aspectos sociales.