El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo recuerda a todas las personas interesadas que se abre  el plazo extraordinario de matriculación de alumnos de nuevo ingreso para el curso 2021/2022 para asistencia a la Escuela Municipal de Música “Juan Esquivel de Barahona” que recoge el calendario del proceso de admisión del alumnado que quedó fijado en:

PLAZO  EXTRAORDINARIO

- Pre-matrícula alumnos nuevos: del 1 al 9 de septiembre de 2021.

- Publicación lista provisional de pre-matriculados: 13 de septiembre de 2021

- Período de reclamación: del 14 al 16 de septiembre de 2021.

- Publicación lista definitiva de pre-matrículas: 20 de septiembre de 2021.

- Matrículas: del 21 al 30 de septiembre de 2021. 

Podrán pre-matricularse los interesados desde los cuatro años (nacidos en 2017).

-  El modelo de solicitud de PRE-MATRÍCULA estará a disposición de los interesados  en la web del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, www.ciudadrodrigo.es, o en conserjería del Ayuntamiento, Plaza Mayor nº 27.

- La presentación de solicitudes se hará de forma presencial (para lo que es necesario cita previa – 923498400),  en el  Registro General del Ayuntamiento, o bien telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, adjuntando la documentación que se le requiera en su caso.

Asimismo, se recuerda a los alumnos YA MATRICULADOS en la Escuela, que el plazo para presentar las solicitudes de Bonificación especial  sobre el precio público por asistencia a la misma, quedó establecido del día 1 de junio  al 30 de septiembre de 2021, sin perjuicio de que se puedan presentar fuera de este plazo para matriculaciones y asistencia posteriores.

DISFRUTARÁN DE UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL ADICIONAL DEL 30% LOS ALUMNOS/AS QUE CUMPLAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

a) Que se encuentren empadronados en Ciudad Rodrigo todos los miembros de la unidad familiar durante todo el curso.

b) Que la renta de la unidad familiar no supere los límites que se indican a continuación:

Familias de 1 miembro sin superar 1.5 veces el S.M.I

Familias de 2 miembros sin superar 2 veces el S.M.I.

Familias de 3 miembros sin superar 2.5 veces el S.M.I.

Familias de 4 miembros sin superar 3 veces el S.M.I.

Familias de 5 miembros sin superar 3.5 veces el S.M.I.

Familias de 6 miembros sin superar 4 veces el S.M.I.

Familias a partir de 7 miembros se incrementará el máximo en 0.25 veces el S.M.I. por miembro adicional.

Documentación a aportar:

- Solicitud de bonificación especial

- Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de todos los miembros de la unidad familiar, excepto en los supuestos en los que el sujeto pasivo no esté obligado a presentar tal declaración conforme a la normativa reguladora del mencionado Impuesto.

- Si el sujeto pasivo no está obligado a presentar la declaración deberá de presentar el Certificado de imputaciones del I.R.P.F. del 2020.

- Declaración Jurada deveracidadde los datos aportados. La falsedad en la solicitud llevará consigo la pérdida automática de la bonificación y la devolución de los importes indebidamente cobrados