¿Cuántas confesiones religiosas y templos de culto para exteriorizar la fe hay en Castilla y León? Para tener un buen conocimiento de la realidad religiosa en nuestra Comunidad Autónoma una fuente absolutamente fidedigna la encontramos en el Observatorio del Pluralismo Religioso en España. Se trata de un órgano que se constituyó en el año 2011 a iniciativa del Ministerio de Justicia, la Federación Española de Municipios y Provincias y la Fundación Pluralismo y Convivencia, dando cumplimiento en este sentido a la Medida 71 del Plan de Derechos Humanos 2008-2011 del Gobierno de España y con el objetivo de orientar a las administraciones públicas en la implementación de modelos de gestión ajustados a los principios constitucionales y al marco normativo que regula el ejercicio del derecho de libertad religiosa en España. Además, la mejora de la gestión pública de la diversidad religiosa requiere disponer de información y diagnósticos sobre aspectos básicos relacionados con el hecho religioso en general y con la diversidad de creencias y las necesidades vinculadas al ejercicio efectivo de la libertad religiosa en particular. En este ámbito se sitúa la principal contribución del Observatorio.
En el caso específico de Castilla y León, los datos que ha recopilado el Observatorio ponen de manifiesto que. sin contar las centenares de iglesias pertenecientes a la Iglesia Católica, en nuestra Comunidad hay 338 templos de culto repartidos por sus nueve provincias. La provincia con más espacios para dar rienda suelta a la fe de cada confesión es Valladolid, con un total de 69, seguida en segundo lugar por Burgos con 57. En el tercer peldaño emerge León, con 54, mientras que Salamanca es cuarta con 37 y Segovia ocupa el quinto lugar con 32. Más abajo en este singular 'ranking' se sitúan Ávila (27), Zamora (26), Palencia (21) y cierra la lista Soria con 15.
Budistas y Comunidad Baha'i
Si se tiene en cuenta el grupo religioso, el más numeroso corresponde, con una gran diferencia, con los evangélicos, que disponen de 203 lugares de culto en el conjunto de Castilla y León. Muy por detrás se encuentran los musulmanes, con 56 espacios (muchos de ellos habilitados como mezquitas), mientras que los Testigos de Jehová tienen 37. Por su parte, los cristianos ortodoxos disponen de 16 templos para colocar sus iconos y celebrar sus misas. La lista se completa con los adventistas (7 espacios), la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (6), Budistas (6), Anglicanos (3), otras confesiones cristianas (2) y, finalmente, la Comunidad Baha'i y los hinduistas, con un lugar de culto para cada uno de ellos.
Los datos del Observatorio, cuya última actualización corresponde al pasado mes de octubre, ponen de manifesto que en España el número de lugares de culto de confesiones diferentes a la católica asciende a 7.696. Ello quiere decir que uno de cada cuatro lugares de culto pertenece a una confesión diferente a la católica.
¿Y cómo encaja la instalación de nuevos lugares de culto en el entramado urbanístico de los municipios? El Observatorio de la Pluralidad Religiosa aborda este asunto en otro de sus sus informes, concretamente en el titulado 'La situación urbanística de los lugares de culto', cuyos autores son los profesores Adoración Castro Jover y Maite Uriarte Recorte. Para la elaboración del mismo se ha contado con la participación de 17 ayuntamientos, entre ellos el Consistorio de Valladolid. En el informe se indica que "el examen de la normativa autonómica, así lo confirman los técnicos de urbanismo, permite afirmar que no se han establecido en el planeamiento territorial autonómico directrices relacionadas con los lugares de culto, ni disponibilidades de suelo para los mismos. Algunos técnicos señalan la importancia de que la normativa autonómica contenga previsiones en esta materia". No obstante, se matiza que "no hay que olvidar que la planificación es a largo plazo y los cambios que se producen en las creencias religiosas de la población son mucho más dinámicos. Es, pues, aconsejable que la planificación sea flexible y adaptable a unas necesidades cambiantes".
Planeamientos urbanísticos
Además, el informe indica que el uso religioso de un edificio, como es este caso, se incluye en los Planes Generales de Ordenación Urbana como un uso equipamental, calificándolo algunos como público, considerándolo de servicio de interés público o social. La distinta naturaleza que se da al uso religioso, público o privado, tiene consecuencias en relación con la gestión de dicho uso.
La disparidad de criterios puede tener un impacto negativo en la igualdad en el ejercicio de la libertad religiosa. Sin embargo, en ambos casos el PGOU no determina de forma específica la disponibilidad del suelo para uso religioso, especifica el informe del Observatorio.