La Audiencia Provincial de Salamanca condenó a un año y medio de prisión a la responsable de la agencia de Viajes Álamo, ubicada en la avenida María Auxiliadora, como responsable de un delito de apropiación indebida. La Justicia obliga además a la condenada a abonar un total aproximado de 85.000 euros en concepto de indemnizaciones, tanto con clientes como con proveedores.
Los hechos relatados en la sentencia aseguran que la acusad, Encarnacion, nacida en 1959, mayor de edad y sin antecedentes penales, ha sido la administradora única de la entidad Viajes Álamo S.A. - con CIF A-37034436-, entidad constituida el 25 de enero de 1985 y dedicada a la actividad de agencia minorista de viajes, con establecimientos comerciales dedicados a dicha actividad en las localidades de Valladolid (calle Gagilondo nº 14), Plasencia (calle Lasalle nº 2) y dos en Salamanca en Paseo del Rollo nº 32 y en Avda. María Auxiliadora nº 39, siendo éste su domicilio social.
En el desarrollo de la indicada actividad comercial y a lo largo de los meses de julio a septiembre del 2019, en múltiples ocasiones, en los indicados meses y en el establecimiento comercial abierto al público de Viajes Álamo en la calle María Auxiliadora nº 39, la citada acusada recibió de diversos clientes del establecimiento cantidades de dinero para reserva o pago de viajes y alojamientos, incorporando dicho importes a su patrimonio personal y al patrimonio empresarial y sin dar a los mismos el destino para el que le fueron entregados. Por lo cual, dichos viajes y alojamientos fueron finalmente cancelados por las empresas prestadoras de los mismos, tratándose en concreto de los siguientes y que por otra parte no han sido posteriormente reintegrados por la acusada, ni por la señalada sociedad.
Además, la entidad Viajes Álamo S. A. ha venido realizado operaciones de venta de billetes de transporte aéreo como agente en nombre de las compañías aéreas miembros de IATA por contrato de "Agencia de Ventas a Pasajeros" entre Viajes Álamo S.A. y las compañías aéreas de 03.11.2004. Así, y durante el mes de junio de 2019, en su condición de agente de diversas compañías aéreas, vendió al contado unos billetes de transporte aéreo y percibió de los adquirentes el importe respectivo en metálico para su entrega a diversas compañías aéreas a través de IATA, debiendo custodiarlo hasta tal momento por cuanto contractualmente no estaba autorizada para su utilización.