La Audiencia Provincial de Salamanca condena a E.G. R. de 78 años en el momento de los hechos, abuelo de una menor, como autor criminalmente responsable de un delito continuado de abusos sexuales a menor de dieciséis años a la pena de 10 años de prisión.
Asimismo, impone al acusado la pena de prohibición de aproximarse a su domicilio, lugar de estudios o trabajo o a cualquier otro donde se encuentre o sea frecuentado por ella, a una distancia inferior a 500 metros, y la prohibición de comunicar con ella por cualquier medio durante un período de dieciocho años.
Se le impone igualmente la medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, por tiempo de ocho años. Se le impone también la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio u actividades, sean o no retribuidos que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de 20 años.
El acusado deberá indemnizar, a través de sus representantes legales, en la cantidad de 15.000 euros, por los daños morales que ha sufrido y sufre, cantidad de la que se descontará la cantidad ya consignada por el acusado para su entrega definitiva a la víctima.
Hechos probados, tocamientos y masturbación
El acusado, E. G. R., mayor de edad y sin antecedentes penales, de 78 años de edad en la fecha de los hechos, es el abuelo materno de la menor, nacida en 2008. El acusado residía con su esposa en un domicilio que era frecuentado por la menor cuando acudía a visitarlos en compañía de su madre.
Aprovechando tal relación y circunstancias, en varias ocasiones, durante el año 2020 y hasta el mes de agosto de 2021, fundamentalmente entre las Navidades de 2019-2020 y marzo de 2020, cuando el acusado se encontraba a solas en dicho domicilio, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, realizó tocamientos en sus pechos y partes íntimas, tanto por encima como por debajo de sus ropas, llegando en ocasiones a masturbarse en su presencia. En alguna ocasión, encontrándose en compañía de otros familiares y aprovechando un juego familiar de hacerse cosquillas, ha realizado tocamientos a la menor en los pechos por encima y debajo de la ropa, sin levantar las sospechas de los demás presentes.
En otra ocasión, en el mismo período, aprovechando que estaban solos en el domicilio, estando tumbada en el sofá, el procesado se le acercó y le realizó tocamientos por debajo de la ropa en los pechos y zona íntima, llegando a bajarle el pantalón y la braguita y le introdujo los dedos en la vagina.
Otro de los días, con idéntico ánimo y proceder, el acusado introdujo sus dedos en la vagina de la menor tras retirarle la braguita hacia un lado.
En otra ocasión, haciéndose la dormida, el procesado le realizó tocamientos por encima de la ropa por sus pechos y partes íntimas y seguidamente tomó la mano de y la puso sobre su pene procediendo seguidamente a masturbarse.
En todas estas ocasiones se quedaba totalmente paralizada por miedo y vergüenza, quedándose la menor inmóvil sin saber cómo reaccionar, y haciéndose algunas veces la dormida, sin atreverse a rechazarlo abiertamente ni a contárselo a nadie.
Comoquiera que en agosto de 2021 la madre de comunicó a ésta su intención de desplazarse nuevamente a visitar a sus abuelos y temerosa de quedarse nuevamente a solas con el procesado, la menor procedió a relatar a su madre los hechos acaecidos a que hemos hecho referencia.