La Audiencia Provincial de Salamanca acuerda absolver a un hombre del delito de agresión sexual de que venía siendo acusado, con todos los pronunciamientos favorables y, con declaración de oficio las costas causadas en este juicio. Además, ordena levantar las medidas cautelares que venían acordadas.
Los hechos ahora sentenciados parten de diciembre de 2020, cuando el hombre comenzó una relación sentimental con una joven de 23 años de edad y de etnia gitana. Ambos se prometieron o apalabraron en el mes de febrero del 2021, y en la primavera de ese año comenzaron a vivir juntos en casa de los padres de ella en Salamanca, compartiendo habitación aunque tenían camas separadas.
Meses después de haber iniciado su relación sentimental y convivencia en común, la tarde del 23 de octubre de 2021, como en otras ocasiones anteriores, el acusado y su novia se desplazaron a Ciudad Rodrigo, donde residen los padres del hombre para visitar a éstos y a amigos de dicha localidad y, tras la visita a los padres, quienes se encontraban en el bar que regentan en esta localidad, se fueron luego a la casa de campo con parcela en que aquéllos residen.
Una vez allí, el acusado y su pareja entraron en la habitación que antes era del hombre para coger unas ropas y, aprovechando que estaban solos, pues los padres y la hermana del procesado se encontraban en el bar, ambos mantuvieron relaciones sexuales durante el transcurso de las cuales, el acusado introdujo algún dedo en la vagina de la joven y luego el pene sin preservativo, sin llegar a eyacular dentro de la vagina, haciéndolo en el exterior de la misma.
Tras la práctica de estos actos sexuales, la pareja regresa junta a Salamanca y continuaron su relación sentimental conviviendo en la casa de los padres de la joven, hasta el día 20 de noviembre de 2021, en que por la tarde y en la calle ambos discutieron por discrepancias familiares, marchándose el procesado esa tarde del día 20 de noviembre de 2021 a casa de sus padres en Ciudad Rodrigo, sin que éste contestara a los diversos mensajes que ella le envió ese mismo día al estar preocupada de su paradero, ni tampoco a las llamadas y mensajes que durante la noche del 20 al 21 de noviembre le envió la madre de la joven.
A partir de entonces, el acusado no quiso continuar su relación sentimental ni regresar con la joven, a pesar de que al día siguiente, 21 de noviembre de 2021, se presentó ésta con sus padres en el bar de los padres del acusado en Ciudad Rodrigo, acompañados de un hermano de la joven y de algún familiar más y otro señor, amigo de los padres de aquélla. Este último quería recuperar un vehículo que había vendido a plazos al acusado y que éste utilizó para desplazarse a Ciudad Rodrigo desde Salamanca el día anterior.
Este día ambas familias discutieron y el padre de la joven le reclamó al padre de acusado la cantidad de 1.400€ en compensación por el tiempo que el hombre había vivido en su casa, a razón de 200 €/mes, cantidad que el padre accedió a abonar, entregándosela a la madre de la joven en la mañana del día 22 de noviembre de 2012 en Salamanca, a través de una tía del acusado.
Sobre las 18:49 horas del 22 de noviembre de 2021, la joven formuló la denuncia que da origen a este procedimiento. En la exploración vaginal practicada a Elisa el día se apreciaron diversos desgarros himeneales, que son congruentes con haber mantenido una o varias relaciones sexuales con penetración.
Como consecuencia de estos hechos, se dictó Auto de 23 de noviembre de 2021 que prohibía al procesado aproximarse a 300 metros y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento.
Pero, no ha quedado suficientemente acreditado que el acusado empleara violencia o intimidación para mantener las relaciones sexuales descritas, ni que las mismas no fueran consentidas por la joven.