El Juzgado de Primera Instancia nº4 de Salamanca aprueba finalmente la exoneración de las deudas contraídas por un matrimonio salmantino frente a ocho diferentes entidades privadas, que fue defendida por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Todo ello gracias a la Ley de la Segunda Oportunida con la que, por fin, dirán adiós a la deuda de 122.076 euros que le pedían BBVA, Bankinter, Wizink Bank o ING, quienes ya no podrán reclamar pago alguno ni, también, meterlos en los nefastos ficheros de morosidad.
Es que la pandemia sigue dejando efectos económicos muy indeseados, provocando que muchas personas se hayan convertido en insolventes, y, por ello, no tuvieron más remedio que acogerse a la conocida Ley de la Segunda Oportunidad.
Este matrimonio salmantino, que tenía ingresos mensuales estables con los que podían hacer frente a sus deudas, aunque con dificultades, con la llegada del Covid-19 se descuadró completamente su economía. Así, uno de los cónyugues perdió el trabajo durante el estado de alarma. Ello hizo que aún se endeudasen mucho más para poder hacer frente a los gastos familiares.
Y, así, con un solo sueldo no llegaban a final de mes, lo que motivó que se fueran acumulando pequeños impagos. Pero esta cuantía de deuda iba daca vez en mayor aumento, con intereses que se iban por las nubes, y comenzaron las reclamaciones de los acreedores, como eran los bancos.
Entonces, fue cuando escucharon la existencia de esta Ley de la Segunda Oportunidad y decidieron interesarse por su funcionamiento. Solicitaron ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad con despacho físico, entre otras ciudades, en Valencia capital. Al comprobar que cumplía todos los requisitos, los abogados de la Asociación le recomendaron al matrimonio declararse insolvente y acogerse al procedimiento
Etapas de la Ley de la Segunda Oportunidad
Presentando el primer escrito, conocido como “pre-concurso” ya se empezaron a vislumbrar cambios en su situación: los acreedores no pueden reclamar ningún pago hasta que nuestros protagonistas propongan un plan de pagos a estos, mínimo durante tres meses. Por supuesto, no pueden iniciar embargos contra ellos.
Dicha propuesta se envió a todos los bancos en tiempo, pero no se aceptó, ya que las entidades contaban con seguros que les pagaban más de lo propuesto por el matrimonio. Esto no suponía ningún perjuicio para nuestros clientes, los cuales ahora habían dejado por escrito y en documento público que intentaron pagar algo, a pesar de ser insolventes.
Tras esto, los abogados de la Asociación presentaron la demanda de concurso de acreedores en el Juzgado, haciendo mención al intento de acuerdo propuesto sin éxito. En la misma solicitud se pidió directamente el perdón del total de deuda pendiente.
Esta petición fue aprobada el pasado 29 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Salamanca.
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Esta resolución dictada el pasado 29 de marzo concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este matrimonio libre de 122.076,94 euros que debían.
Desde entonces, los acreedores de estos asociados (BBVA, Bankinter, Wizink Bank, ING…) no podrán reclamar ningún pago más a los ya ex-deudores ni incluirlos en ficheros de morosos.