El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestima "íntegramente" el recurso de apelación interpuesto por un condenado por la Audiencia Provincial de Salamanca, a tres años de prisión por estafar a un industrial en Salamanca con la venta de 800 cerdos.

Los hechos se remontan al 18 de octubre de 2016, cuando Luis María, hijo del denunciante y persona conocida en el sector porcino por su vinculación a una empresa líder en el sector, había concertado una entrevista con el acusado, de nombre Pío,

quien aprovechándose de la relación de confianza que tenía con éste, le propuso un trato ventajoso con unos cerdos propiedad de Juan, para la campaña 2017-2018, sirviéndose de un contrato en el que no ha tenido participación alguna el propietario de los mismos, y cuya firma estampada en dicho documento, bajo la mención de vendedor, no se le puede atribuir, generando así una apariencia legítima de que tenía capacidad de disposición de unos cerdos para la campaña 2017-2018, propuesta que trasladó a su padre Fabio, según recoge la sentencia.

Antes de aceptar la operación que parecía ventajosa para el comprador, Fabio, junto con su hijo Luis María y el acusado Pío, se trasladaron a una finca situada a unos veinte km de localidad propiedad de un ganadero, el mencionado Juan, y allí presenciaron que los empleados de la finca conocían y trataban con familiaridad al acusado, quien les mostró la partida de cerdos objeto del contrato, dando la impresión de que se movía en un entorno de confianza.

Tras haber examinado los cerdos directamente en la finca y exhibido el contrato de compraventa (en el que no tuvo intervención alguna Juan) generó una apariencia de legítima disposición sobre la partida de cerdos. Fabio aceptó el trato que le ofreció el acusado, en el convencimiento de que éste tenía la disponibilidad sobre esa partida de cerdos y se emitió factura por la esposa del acusado. Fabio efectuó el pago convenido mediante transferencia bancaria, el 24 de octubre de 2016, el importe total abonado fue de 77.000 euros incrementado con el IVA en total 84.700 euros, cantidad que la hizo suya el acusado, sin que su importe fuese entregado a Juan.

Hasta la fecha de la denuncia, no había restituido cantidad alguna, ni tampoco hiciera la entrega de los cerdos objeto del contrato a Fabio, quién formuló denuncia por estos hechos el 20 de marzo del 2018.

La parte dispositiva de la sentencia recaída en primera instancia, de fecha 20 de noviembre de 2023, dice literalmente:

"Fallamos: condenamos a Pío como autor penalmente responsable de un delito de falsedad en documento privado ya definido, en concurso medial con un delito de estafa impropia igualmente definido, sin la concurrencia de las circunstancias, a la pena de 3 años de prisión.

Condenamos a Pío a indemnizar en concepto de responsabilidad civil a Fabio en la cantidad de 77.000euros".