La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un hombre por apropiación indebida con fecha del pasado 14 de febrero de 2024, tras una investigación denunciada y llevada a cabo por el Juzgado de Instrucción nº2 de Ciudad Rodrigo.
Al parecer, el acusado incurrió en un delito continuado de apropiación indebida al que se suma un delito también reiterado en el tiempo de restitución de bienes transmitidos de forma fraudulenta.
El autor de los hechos constaba como único administrador de dos empresas familiares, y tanto el como la otra socia no cobraban mediante nómina, sino que se mantenían a partir de los beneficios de las empresas.
La pareja finaliza su relación en junio de 2019 por los pleitos entre los afectados, y aunque la afectada y el acusado firmaron una compraventa, el autor de los hechos fue cesado como administrador de ambas entidades el día 2 de septiembre de ese mismo año.
A partir de ahí, el acusado fue desviando fondos y patrimonio a sus cuentas personales. Entre ello, se hizo con dos vehículos y una nave industrial, en la que acordó con el administrador la nulidad de la escritura pública de compraventa.
Esa compraventa se otorgó ante notario el pasado 30 de agosto de 2019 al sobrino del acusado. La nave estaba llena de maquinaría y su coste se elevaba hasta los 11.813, 63 euros.
También, el acusado vendió los vehículos uno por un precio de 2.157,15 euros y el otro por 14.520 euros a su hermano.
Según las declaraciones del hombre la empresa era prácticamente suya, dado que se encargaba de la gestión y que su aportación inicial fue de 60.000 euros, por el contrario, su socia sumó 20.000 euros.
El nombre de la denunciante era el que constaba porque él tenía deudas que le impedían figurar como dueño.
Sus constantes disputas les llevaron a concluir su relación y ha afirmado que lo que le motivó a los hechos que se le acusan es porque la denunciante le hizo saber que iba a “prepararla”, por lo que actuó para poder hacer frente a los gastos de los proveedores.
Finalmente, tras las investigaciones llevadas a cabo el acusado deberá ingresar en prisión con una condena de dos años, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
A ello se le suma una multa de 10 meses con una cuota diaria de ocho euros, en caso de impago, se le sumará un día más de prisión por cada dos cuotas sin pagar.
También, deberá afrontar los costes de indemnización de ambas empresas, a una con una cantidad de 7.248,12 euros y a la otra con 52.657,15 euros más.