La Junta se mantiene a la espera de recibir el auto judicial que ratifique las medidas ordenadas para los municipios segovianos de Cantalejo y Carrascal del Río, confinadas desde esta mañana para frenar la expansión de la COVID-19.
La Junta publicada esta mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) sendas órdenes en el que se establecían las medidas para estas localidades por un periodo de 14 días que, ahora, tiene que aceptar o rechazar el juez.
Hasta el momento, la Administración autonómica ha encontrado el respaldo judicial a su decisión de confinar Íscar y Pedrajas, en Valladolid, y Aranda de Duero (Burgos), si bien en este último caso el juez dio primero siete días a la Junta para aportar más documentación, para luego ratificar que las medidas tuvieran el plazo de los 14 días solicitados.
En las órdenes publicadas, se restringe la libre entrada y salida de personas de los municipios de Cantalejo y Carrascal del Río (Segovia), salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de dichos municipios estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera de los mismos.
Se permite la circulación de personas residentes dentro de los municipios afectados, si bien se desaconseja los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores que pudieran ubicarse en esos municipios salvo circunstancias individuales, en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, a adoptar por la dirección del centro.
Asimismo, se suspenden las salidas de los residentes al exterior.
La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado en dichos municipios se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estos preceptos, de manera que su incumplimiento individualizado podrá constituir infracción administrativa sancionable según establece el Decreto-ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención para afrontar la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.
La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponde a las autoridades estatales, autonómicas y locales según el régimen competencial aplicable; todas las administraciones colaboran para la resolución en el menor plazo posible de esta situación epidemiológica y la reversión de las medidas adoptadas.
No obstante y ante las actuales circunstancias, es imprescindible el compromiso individual para cumplir con las medidas básicas para la prevención de la COVID-19 (lavado frecuente de manos, distanciamiento físico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas) e imperiosa la necesidad del cumplimiento social en lo referido a las obligaciones más específicas que se recogen en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.
La Junta apela a responsabilidad ciudadana para con el cumplimiento de estas medidas y de cualquier otras obligaciones al respecto, por entenderlas fundamentales para evitar la transmisión comunitaria, al tiempo que insiste en que todos y cada uno de los ciudadanos han de extremar la observancia de las medidas individuales y colectivas para frenar más contagios por SARS-CoV-2.