Una testigo de Jehová ecuatoriana, afincada en Soria, cuyas creencias se oponen a las transfusiones de sangre, a la donación y al almacenamiento de sangre y productos sanguíneos, ha denunciado a España ante el Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. Lo ha hecho después de que, al parecer, le hicieran transfusiones de sangre en un hospital de Madrid "en contra de su voluntad", tal y como consta en el comunicado elaborado por el Registro y remitido por el TEDH, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León.
Los hechos se remontan al 7 de junio de 2018, cuando le practicaron dichas transfusiones por una hemorragia en un centro hospitalario madrileño al que la trasladaron desde el hospital de Soria en una ambulancia.
Y es que, según el texto, previamente, en 2017, cuando recomendaron a la paciente someterse a una cirugía, ella ya emitió una directiva anticipada, un poder notarial y un documento de consentimiento informado en los que registraba su negativa a recibir transfusiones de sangre de cualquier tipo y en cualquier situación sanitaria, incluso si su vida corriese peligro. Sin embargo, sí aceptaba cualquier otro tratamiento médico que no acarreara el uso de sangre.
Pese a ello, nada más conocer que la mujer era testigo de Jehová, los médicos contactaron con el juez de turno para que este les dijese qué hacer. Este, "sin conocer la identidad de la paciente, ni sus deseos preciosos y, en ausencia de información concreta sobre su estado de salud", autorizó todos los procedimientos médicos necesarios para salvar su vida.
Según consta en el comunicado, ese mismo día, practicaron a la paciente una cirugía en la que le administraron sangre, "sin informarle de la orden judicial, pese a que todavía estaba consciente cuando fue llevada al quirófano".
Y es que, teniendo en cuenta que la decisión de juez de turno ha sido amparada en apelación y por el Tribunal Constitucional, la paciente decidió recurrir al TEDH el 13 marzo de 2020. Lo hizo aquejada de que su rechazo a las transfusiones recogido en diversos documentos oficiales había sido "ignorado" por las autoridades nacionales y apoyándose en los artículos 8 y 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, los cuales recogen el derecho al respeto de la vida privada y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
Ahora, la Gran Sala del Tribunal Europeo escuchará sus alegaciones tras la renuncia a su competencia de la Sala a la que se asignó el caso el 4 de julio del pasado año.