Aprobada la derogación de la ordenanza que prohibía la mendicidad
Comisión de Medio Ambiente, Sostenibilidad, Seguridad y Movilidad ha aprobado sin votos en contra la nueva Ordenanza de Protección del Medio Urbano que deroga la conocida como ordenanza antisocial y que prohibía la mendicidad en la ciudad.
La nueva norma, que se someterá a aprobación en el Pleno de febrero, suprime esta prohibición, así como la regulación de la forma de vestir en público.
Según ha informado el Consistorio, los usuarios de las zonas naturales y espacios verdes públicos tendrán que respetar el derecho de los otros usuarios al descanso y tranquilidad propios de estos espacios, por lo que se evitará el uso de aparatos reproductores de sonido que por su volumen puedan perturbar dicha tranquilidad.
Tampoco se podrá mantener en funcionamiento el motor de los vehículos una vez estacionados y los conductores deberán abstenerse de realizar aceleraciones reiteradas y sucesivas de motor que no sean necesarias por las circunstancias del vehículo o del tráfico o propias de la actividad que sea autorizada.
Asimismo, se regula la realización de murales u otras expresiones artísticas análogas y el tipo de autorizaciones municipales necesarias para su realización.
En la nueva ordenanza se remite la regulación de la publicidad y propaganda mercantil o comercial a la normativa sectorial o local aplicable (Ley General de Publicidad; Ordenanza municipal de Publicidad Exterior), sin perjuicio de regular determinados aspectos incidentales; y se contempla expresamente que para facilitar el ejercicio de la libertad de expresión, el Ayuntamiento habilitará en los distintos barrios espacios, paneles o soportes de uso gratuito específicamente dedicados a la difusión de actividades, campañas e iniciativas sin ánimo de lucro.
Cultivo de flores
Por otro lado, se promueve el cultivo de flores y plantas ornamentales en los alcorques de los árboles plantados en la vía pública, que podrá ser autorizado por el Ayuntamiento previa solicitud de los vecinos de la zona. El Consistorio también promoverá el uso de las zonas verdes públicas por los ciudadanos, apoyando especialmente actividades e iniciativas de asociaciones y otros colectivos.
Aparte de las medidas para evitar que queden depositados los excrementos de los animales en las vías o espacios públicos, se prohíbe específicamente la estancia de animales de compañía en zonas de juego infantiles y otros espacios de carácter histórico, ornamental o protegidos, salvo autorización expresa.
Se recoge expresamente que cuando el responsable de los hechos cometidos sea un menor de 18 años, responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios causados sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden. Cuando éstos no hubieren favorecido la conducta del menor con dolo o negligencia grave, su responsabilidad podrá ser graduada.
Se regula de forma detallada la posibilidad de terminar convencionalmente el expediente sancionador de modo que el infractor, con carácter previo a la adopción de la resolución sancionadora que proceda, pueda solicitar de forma expresa la sustitución de la sanción que pudiera imponerse por la realización de trabajos o labores para la comunidad en el seno y marco de una asociación, ONG, fundación o entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro municipal de Asociaciones de Valladolid con objeto o fines de carácter social.
Se prevé expresamente que de no satisfacerse la indemnización de los daños y perjuicios en el plazo que al efecto se determine en función de su cuantía, se procederá en la forma prevista para la vía de apremio sobre el patrimonio, así como la posibilidad de adoptar la tramitación simplificada en los procedimientos sancionadores para las infracciones leves y de reducir en un 50 por ciento la sanción propuesta en caso del pago voluntario de la sanción, en reconocimiento de su responsabilidad, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento sancionador.