El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado en el Bocyl la orden SAN/245/2019, de 28 de febrero, por la que se modifica la Orden SAN/713/206, de 29 de julio, por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal, de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas.
El 25 de abril de 2016 se publicó del Decreto 11/2016 de 21 de abril, por el que se regula la selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud, que fue desarrollado por Orden SAN/713/2016, de 29 de julio, por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal, de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas.
Tras dos años de la entrada en vigor de la Orden, se ha decidido introducir algunas modificaciones al texto para satisfacer las necesidades e intereses de los destinatarios y la gestión administrativa modificando el artículo 6.2 de la Orden sobre de 21 de abril, por el que se regula la selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud, que fue desarrollado por Orden SAN/713/2016, de 29 de julio, por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal, de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas.
“En la práctica, a lo largo del funcionamiento de la bolsa de empleo, se ha comprobado que el sistema regulado para el aviso de los candidatos no es todo lo ágil y práctico que sería deseable y necesario, habida cuenta de que la cobertura de los puestos correspondientes a centros e instituciones sanitarias en muchos de los casos es imprescindible llevarla a cabo en un plazos muy reducidos, que satisfagan debidamente las necesidades asistenciales”, se puede leer en el Bocyl.
Con esto, se han dispuesto dos modificaciones para realizar un proceso más ágil:
Artículo 1. Se modifica el artículo 6.2 de la Orden SAN/713/2016, de 29 de julio.
Artículo 2. Se modifica el apartado b) del artículo 13 de la Orden SAN/713/2016, de 29 de julio, añadiendo al mismo un nuevo párrafo, el párrafo 5.º
Artículo 3. Se incluye una nueva Sección en el Capítulo II de la ORDEN SAN/713/2016, de 29 de julio, la Sección Cuarta, con un nuevo artículo, el artículo 17 bis.
Artículo 4. Se modifica el apartado 3, del artículo 22 de la Orden SAN/713/2016, de 29 de julio.
Les adjuntamos la publicación en el Bocyl para que obtengan todos los detalles a continuación:
Novedades para las bolsas de empleo de Sanidad en Castilla y León. Bocyl