La Fiscalía de Valladolid ha anunciado recurso de casación ante el Supremo contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en el caso 'Samaniego' por considerar que los delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios (art.439 del C. Penal) y de fraude a la Administración (art.436 del C. Penal) que se consideran probados en la sentencia deben de ser penados de forma separada y no de forma conjunta y con una única pena como se realiza en la sentencia.
La fiscal del caso, Esther Pérez Jerez, entiende que la calificación jurídica que corresponde a ambos delitos es la de concurso real de delitos y no la de concurso de normas que realiza la sentencia. La sentencia considera probada la comisión de ambos delitos pero al apreciar la existencia de un concurso de normas entre ellos, impone una pena única por ambos delitos, según informa el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Los delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios y de fraude a la Administración suponen, a juicio de la fiscal, conductas delictivas distintas y diferenciadas, protegen bienes jurídicos diferentes y persiguen fines distintos por lo que deben de ser sancionados de forma individual y diferenciada, de ahí que invoca la infracción de ley para justificar el recurso ante el Supremo.
La respuesta punitiva de la sentencia, con una única pena, no cubre todo el desvalor de las conductas que se declaran probadas en la sentencia y que integran ambos delitos de tal manera que una parte de los hechos delictivos probados quedan sin sanción, razón por la que se pretende recurrir la sentencia.
En la misma línea, los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Valladolid presentarán también el correspondiente recurso de casación ante el Supremo, con lo que dicho órgano de Justicia deberá analizar no sólo los de los cuatro condenados sino también los de las acusaciones pública y particular.
La Audiencia de Valladolid condenó recientemente a penas que suman más 17 años de cárcel a los cuatro encausados por el denominado 'Caso Samaniego' por la adjudicación de obras menores municipales de forma irregular entre 2001 y 2014 al grupo de empresas perteneciente al clan familiar liderado por el que fuera jefe de Mantenimiento, Luis Alberto Samaniego, frente a los 35 y 45 que de forma global habían pedido las acusaciones pública y particular, respectivamente.
En su fallo, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial impuso la mayor pena a Luis Alberto Samaniego, en concreto siete años y nueve meses, seguido de su primo Antonio Bernardo Samaniego, condenado a cuatro años y nueve meses, mientras que sobre el hijo del primero, Luis Javier, y el contable del grupo, Miguel Ángel Rodríguez Patín, recayeron condenas de dos años.
Los cuatro habrán de indemnizar, de forma conjunta y solidaria al Ayuntamiento, con casi 178.000 euros, con responsabilidad subsidiaria del grupo empresarial de los Samaniego. Además, Luis Alberto Samaniego y su primo Antonio Bernardo tendrán que hacer lo propio con otros 49.000 euros más al Ayuntamiento.
En su fallo, la Sección Segunda de lo Penal consideró a Luis Alberto Samaniego, ex jefe del Servicio de Mantenimiento, autor de un delito continuado de negociaciones prohibidas a funcionarios, en concurso con otro delito continuado de fraude a la administración, así como de otro continuado de falsedad en documento mercantil a funcionario público, en concurso medial con un delito de estafa a la administración, de ahí los dos años y seis meses por el primero y cinco años y tres meses por el segundo, junto con su inhabilitación por ocho años y el pago de una multa de 10.800 euros.
Su primo, Antonio Bernardo Samaniego, fue también hallado responsable del primer delito, junto con otro de falsedad en documento mercantil efectuado por particular, en concurso medial con una estafa continuada, que le reportan una condena de dos años y tres meses por el primero y otros dos años y seis meses por el segundo, además de su inhabilitación por cuatro años y el abono de una multa de 5.940 euros.
Además, el hijo del primero, Luis Javier, y el contable, Miguel Ángel Rodríguez Patín, autores de un delito continuado de negociaciones prohibidas a funcionarios, en concurso con un fraude continuado a la administración, fueron condenados cada uno a dos años de cárcel y tres años y nueve meses de inhabilitación.
En la sentencia, sin embargo, se acordó absolver a los cuatro del delito continuado de prevaricación administrativa y del de tráfico de influencias, de los que venían siendo acusados por el Ayuntamiento, y a Luis Javier y su primo se les absolvió igualmente de un delito continuado de falsedad en documento mercantil por particular, en concurso medial con otro de estafa.